Decreto DMM N° 00428/2019

22 de julio de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00428/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0456-01569422-7

Resumen
Apruébese la Licitación Pública Nº 01-SG-2019, que fuera convocada por el Decreto D.M.M. Nº 00065/19 y sus modificatorios (Decretos D.M.M. Nº 00139/19 y. 00174/19), cuya apertura se realizó el día 28 de marzo de 2019, para contraer un empréstito con el fin de financiar la ejecución de la obra “Extensión de la Red de Desagües Cloacales Vecinal Facundo Quiroga – Etapa I: Infraestructura Básica (barrios Facundo Quiroga, Transporte, Nueva Pompeya, Pompeya Oeste y Gral. Belgrano).-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2019 – Nº 00428

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019

VISTO:
El Documento DE-0456-01569422-7 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Municipal Nº 12.612 se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer empréstito hasta un monto de pesos ciento treinta y dos millones ciento cincuenta mil ($132.150.000), con el fin de financiar la ejecución de la obra “Extensión de la Red de Desagües Cloacales Vecinal Facundo Quiroga – Etapa I: Infraestructura Básica (barrios Facundo Quiroga, Transporte, Nueva Pompeya, Pompeya Oeste y Gral. Belgrano);
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 00065/19 se dispuso proceder al llamado a Licitación Pública para adquirir el empréstito mencionado, prorrogándose por Decretos D.M.M. Nº 00139/19 y Nº 00174/19;
Que, obra en autos constancia de las publicaciones efectuadas en el Boletín Oficial, y en los diarios Uno y El Litoral, tal como lo dispone el Decreto de convocatoria. Asimismo, se realizó la difusión a través del sitio web de este Municipio, como así también se remitieron notas a distintas entidades financieras de la ciudad de Santa Fe;
Que, la apertura de los sobres se realizó el día 28 de marzo de 2019 a las 10:00 hs, presentándose una única propuesta, correspondiente a la firma BANCO CREDICOOP COOPERATIVA LIMITADA, con un monto ofertado que asciende a la suma de pesos cincuenta millones ($ 50.000.000);
Que, la Comisión Especial de estudio y evaluación de las actuaciones, creada por el art. 5º del Decreto D.M.M. Nº 00065/19, se reunió en fecha 23 de mayo de 2019, elaborando el dictamen pertinente (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresando que lo ofertado no cubre el financiamiento de la obra, lo que amerita un nuevo análisis de la superioridad;
Que, el Señor Secretario de Recursos Hídricos enunció que lo ofertado no cubre el financiamiento de la obra, y si bien el Pliego de Bases y Condiciones autoriza adjudicaciones parciales, la ausencia de otro oferente que complete el empréstito objeto de la presente licitación resulta claramente insuficiente para el financiamiento la misma;
Que, la Dirección de Administración Financiera informa que en el Presupuesto 2019, sancionado por Ordenanza Nº 12611, no prevé la obra en cuestión, por lo que no existe crédito presupuestario disponible para afrontar una eventual ejecución;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Apruébese la Licitación Pública Nº 01-SG-2019, que fuera convocada por el Decreto D.M.M. Nº 00065/19 y sus modificatorios (Decretos D.M.M. Nº 00139/19 y. 00174/19), cuya apertura se realizó el día 28 de marzo de 2019, para contraer un empréstito con el fin de financiar la ejecución de la obra “Extensión de la Red de Desagües Cloacales Vecinal Facundo Quiroga – Etapa I: Infraestructura Básica (barrios Facundo Quiroga, Transporte, Nueva Pompeya, Pompeya Oeste y Gral. Belgrano).-
Art. 2º: Desestímese la oferta del BANCO CREDICOOP COOPERATIVA LIMITADA, por inconveniente, al ser insuficiente para el financiamiento de la obra mencionada en el art. 1º de la Ordenanza Nº 12.612.-
Art. 3º: Déjese sin efecto la Licitación Pública Nº 01-SG-2019, en virtud de no existir crédito presupuestario disponible para afrontar la ejecución de la obra con fondos municipales.-
Art. 4º: Refréndense el presente Decreto las Señoras Secretarias de Hacienda, de Gobierno y el Señor Secretario de Recursos Hídricos.-
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

 

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