INFORMACIÓN DETALLADA
-
Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
-
N° Decreto DMM: 00357/2019Fecha de Sanción: —
-
Secretaría: Secretaría de HaciendaN° expediente: DE-0851-01558422-0 (NI)
Resumen
Rectifíquese -en lo pertinente- el Anexo I del Decreto D.M.M. Nº 00056/19, el cual se acompaña y forma parte del presente, a tenor de los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-
Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
Abog. Malena Azario, Secretaria de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2019 – Nº 00357
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0851-01558422-0 (NI); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 12.551 se estableció, como beneficio tributario, la eximición de la Tasa General de Inmuebles para los propietarios frentistas de la obra “Plan Director de Desagües Pluviales Ciudad de Santa Fe – Cuenca Flores- Colector Principal Espora”;
Que, mediante el Decreto D.M.M. Nº 00056/19, se fijaron las fechas de inicio y finalización de los trabajos en relación a cada cuadra afectada por la mencionada obra;
Que, producto de la elaboración del plano de ejecución y de la identificación efectuada por la Dirección de Catastro, se advirtió la existencia de un error involuntario vinculado al Anexo I del precitado Decreto, en relación a los tramos referenciados como calles Obispo Boneo y Espero, respectivamente, por lo que corresponde subsanar dicha cuestión;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Rectifíquese -en lo pertinente- el Anexo I del Decreto D.M.M. Nº 00056/19, el cual se acompaña y forma parte del presente, a tenor de los argumentos expuestos en los considerandos del presente.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda, de Gobierno y el Señor Secretario de Recursos Hídricos.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-