Resolución Intendente N° 167/2019

6 de junio de 2019
Volver a Normativas
  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 167/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-0448-01390965-0 (MU)

Resumen

Rechazar -por las razones expuestas en los considerandos de la presente- el recurso de apelación interpuesto por la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – WINKELMANN S.R.L., en el marco de la ejecución de la obra denominada “SANTA FE – CLOACAS – BARRIO BARRANQUITAS Y VILLA DEL PARQUE”, contra la Resolución Interna Nº 025/2017 dictada por la Secretaría de Obras Públicas, confirmándola en todos sus términos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Lucas Condal, Secretario Obras Públicas
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 167

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01390965-0 (MU), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones referenciadas tramita el recurso de apelación interpuesto por la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – WINKELMANN S.R.L., en el marco de la ejecución de la obra denominada “SANTA FE – CLOACAS – BARRIO BARRANQUITAS Y VILLA DEL PARQUE”, contra la Resolución N° 25/17, dictada por la Secretaría de Obras Públicas, por la cual se rechazó el recurso de reconsideración incoado en fecha 03 de Octubre de 2017, confirmando la multa aplicada a través de la Resolución Interna N° 013/17 de la mencionada Secretaria;

Que, tras la concesión de la apelación promovida, intervino Fiscalía Municipal, emitiendo el Dictámen N° 056/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresando que corresponde rechazar el recurso de apelación deducido por los representantes legales de la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – WINKELMANN S.R.L., contra la Resolución N° 25/17, en razón de la contundencia de los argumentos técnicos y el contenido preciso de las órdenes de Servicio emitidas por estra Administración, sumado a la existencia de circunstancias objetivas tales como la advertencia de una pendiente y acumulación de agua en la zona de badén y la orden emitida hacia la recurrente de rehacer el badén en cuestión y la falta de presentación de descargo ante la directiva efectuada;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a fin de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rechazar -por las razones expuestas en los considerandos de la presente- el recurso de apelación interpuesto por la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – WINKELMANN S.R.L., en el marco de la ejecución de la obra denominada “SANTA FE – CLOACAS – BARRIO BARRANQUITAS Y VILLA DEL PARQUE”, contra la Resolución Interna Nº 025/2017 dictada por la Secretaría de Obras Públicas, confirmándola en todos sus términos.-

Art. 2°: Por Mesa de Entradas Única, notificar de la presente Resolución a la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – WINKELMANN S.R.L., en el domicilio constituido en calle Pedro Diaz Colodrero Nº 2526 de esta ciudad de Santa Fe, haciéndosele saber que se encuentra cumplimentada la instancia administrativa correspondiente. Luego, derivar las actuaciones a la Dirección de Rentas para que adopte los recaudos que resulten procedentes para la percepción del monto de multa aplicada. Finalizado dicho trámite, se remitirá todo lo actuado a Secretaría de Obras Públicas a fin de disponer lo que estime pertinente.-

  • Enlace
  • Documentos