Resolución Intendente N° 166/2019

6 de junio de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 166/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente:

Resumen

Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Mauricio Exequiel MUÑOZ, D.N.I. N° 35.448.955, a realizar en el domicilio sito en calle Av. General Paz N° 8168, de esta ciudad – Distrito R4 -, la actividad “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos”, clasificada como una Actividad Industrial – Clase 1.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 166

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 23 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01443796-6 (N) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia el Sr. Mauricio Exequiel MUÑOZ – D.N.I. N° 35.448.955, solicita la evaluación de una actividad productiva que desea desarrollar, destinada al rubro de alimentación saludable, basada en la fabricación de alimentos saludables y ricos en fibras, manifestando que pretende emprender la actividad en un inmueble ubicado en Av. General Paz N° 8168, de esta ciudad.
Que, la Dirección de Urbanismo, informó que el emprendimiento puede ser encuadrado según el ROU como “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos” correspondiente al rubro Actividad Industrial – Clase 1, solo admitida en los Distritos Industriales (I), sin perjuicio de la salvedad establecida en la Ordenanza Nº 11.748 – Reglamento del Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Santa Fe – Artículos 47 y 48, modificados por la Ordenanza Nº 12.247, debiéndose cumplimentar con las observaciones 12 y 23.
Que, ante el pedido del propio interesado, el Sr. Subsecretario de Industria, requirió nuevamente la intervención de la Dirección de Urbanismo, quién ratifica el encuadre normativo realizado.
Que, por ello, el Sr. MUÑOZ realiza por ante el Honorable Concejo Municipal, el trámite de autorización por vía de excepción de la actividad enunciada precedentemente.
Que, la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental, informa que se ha otorgado el correspondiente Certificado de Conformidad Ambiental y sugiere que la autorización sea otorgada por un plazo de 3 (tres) años.
Que, habiéndose cumplimentado con los diversos informes de las áreas competentes, peticionados por el Honorable Concejo Municipal, la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen N° 67/18, comparte lo manifestado por las distintas áreas sugiriendo el dictado de la Resolución que otorgue el uso pretendido, ad referendum del Honorable Concejo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Mauricio Exequiel MUÑOZ, D.N.I. N° 35.448.955, a realizar en el domicilio sito en calle Av. General Paz N° 8168, de esta ciudad – Distrito R4 -, la actividad “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos”, clasificada como una Actividad Industrial – Clase 1.-

Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de tres (3) años.-

Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-

Art. 4º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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