- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 142/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
- N° expediente: CO-0062-01549044-4
Resumen
Autorizar el Cambio de Titularidad peticionado por la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, para continuar con el desarrollo de la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una Actividad Industrial de Clase 2 y solo admitida en los Distritos Industriales (I) y de Equipamiento (E1), en el domicilio sito en Avda. Aristóbulo del Valle N° 10.298, Distrito C2c, por el plazo que le reste de la Resolución Nº 17.946 del Honorable Concejo Municipal.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCIÓN Nº 142
SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento CO-0062-01549044-4 (PPC), y;
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente de referencia la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, solicita al Honorable Concejo Municipal se le otorgue el Cambio de Titularidad del local ubicado en Avda. Aristóbulo del Valle Nº 10.298, otorgada al Sr. Gabriel STOCKMANNS, mediante Resolución Nº 17.946, para llevar adelante la actividad de “Carpintería de madera en general”, poniendo en conocimiento el fallecimiento de su padre y manifestando su intención de continuar con la actividad mencionada.
Que, la Comisión de Planeamiento Urbano, Hábitat, Obras Públicas y Gestión de Riesgos del Honorable Concejo Municipal, considera factible que se traslade la titularidad de la actividad económica a la solicitante, siempre y cuando la misma reúna las condiciones que el Departamento Ejecutivo requiera para la inscripción de la actividad económica y por el plazo que reste de la Resolución Nº 17.946, siendo necesario el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente.
Que, se acompaña Acta de Defunción del Sr. STOCKMANNS, donde consta su fallecimiento en fecha 05.03.18, como así también la conformidad de los demás herederos para que se efectúe la presente gestión.
Que, la Dirección de Urbanismo manifiesta que acorde a sus competencias, no tiene observaciones de índole técnicas que realizar, informando que la actividad “Carpintería de Madera en General”, correspondiente al Rubro Actividades Industriales – Clase 2, no se encuentra admitida en el Distrito C2c, conforme a la ubicación del inmueble, con las observaciones pertinentes, según los metros cuadrados de superficie cubierta;
Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen Nº 04/19 expresa que comparte lo esgrimido por las áreas intervinientes considerando factible lo solicitado, sugiriendo el dictado de la Resolución que autorice el cambio de titularidad peticionado, ad referendum del Honorable Concejo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Autorizar el Cambio de Titularidad peticionado por la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, para continuar con el desarrollo de la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una Actividad Industrial de Clase 2 y solo admitida en los Distritos Industriales (I) y de Equipamiento (E1), en el domicilio sito en Avda. Aristóbulo del Valle N° 10.298, Distrito C2c, por el plazo que le reste de la Resolución Nº 17.946 del Honorable Concejo Municipal.-
Art. 2º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-
Art. 3º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-