- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 116/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0911-01568950-8 (NI)
Resumen
Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Bruno Francisco TESOLIN (Código Nº 13.115), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 116
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 ABR 2019
VISTO:
El Documento DE-0911-01568950-8 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la actuación de referencia, la Coordinación Ejecutiva del Programa Igualdad en la Diversidad, pone en conocimiento la denuncia efectuada por la agente Geraldine Vanesa SOLER (Código Nº 63.030) en relación a hechos graves de violencia y abusos físicos y psicológicos, dentro del seno familiar, presuntamente inferidos por su esposo y también agente municipal el Sr. Bruno Francisco TESOLIN (Código Nº 13.115).
Que, la Dirección de Personal informa que el mismo revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Inhumador – Reductor, Categoría 11/12 por promoción, Agrupamiento V – Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección de Cementerios, subrogando en dicha repartición la función de Cremador, Categoría 15, desde el 01.05.18. Por su parte, informa que la agente SOLER, presta servicios en esta Administración en calidad de Practicante del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, desde el 01.06.13.
Que, habiéndose requerido información sobre la situación procesal del agente, la Secretaria de la Oficina de Gestión Judicial Colegio de Jueces de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1, informa que el Sr. TESOLIN registra la Carpeta Judicial CUIJ Nº 21-08053376-1 caratulada “TESOLIN, Bruno Francisco s/ delitos contra la integridad sexual con acceso carnal calificado parentesco”, habiéndose impuesto por el Dr. Rodolfo Mingarini en fecha 25.01.19 la prisión preventiva del imputado.
Que, la Asesoría Legal de la Secretaría de Recursos Hídricos, señala que debe llevarse adelante un procedimiento que permita establecer si la conducta que habría asumido el agente, tanto desde la perspectiva penal como desde el punto de vista disciplinario, puede configurar un supuesto de responsabilidad administrativa, pasible de sanción.
Que, la conducta involucrada podría implicar la infracción a los deberes y prohibiciones contenidos en el art. 13 incs. b); art. 14 inc. f); y la eventual configuración de las conductas previstas en el art. 65 bis del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527).
Que, respecto a las inasistencias a su lugar de trabajo como consecuencia de la privación de la libertad, sostiene que debe aplicarse lo dispuesto por el art. 114 del Estatuto para el Personal Municipal, disponiendo la suspensión preventiva del agente, por el período en subsista tal situación.
Que, por lo tanto, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja el dictado del acto administrativo pertinente que disponga la instrucción de un sumario administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente TESOLIN, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Bruno Francisco TESOLIN (Código Nº 13.115), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Disponer la suspensión preventiva del agente, por el período que subsista su privación de libertad, en los términos del art. 114 del Estatuto.-
Art. 3º: Autorizar a Fiscalía Municipal a instar las acciones judiciales que correspondan.-
Art. 4º: Girar copia a la Dirección de Cementerios y a la Dirección de Personal, para su conocimiento. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal, a fin de que arbitre los medios necesarios para la notificación del agente involucrado y demás efectos.-