Decreto DPB N° 0087/2019

3 de junio de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0087/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0450-01567698-4

Resumen

Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como guardavidas, por los períodos allí descriptos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0087

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE 0450-01567698-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la contratación de las personas detalladas en la misma, para desempeñarse como guardavidas durante el período descripto en cada caso;
Que, dicha contratación se realiza en carácter de Personal No Permanente Contratado, percibiendo una retribución mensual equivalente a la categoría 16, más un suplemento equivalente al 40% del sueldo básico de dicha categoría en concepto del riesgo propio de la actividad, siendo de aplicación lo dispuesto en el Decreto D.M.M. Nº 00300/84;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Que, corresponde dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga numerar y registrar los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, para desempeñarse como guardavidas durante el período allí descripto;
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como guardavidas, por los períodos allí descriptos.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretaria de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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