Decreto DMM N° 00234/2019

9 de mayo de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00234/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0479-01589486-8 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, en fecha 27 de febrero de 2019, el que forma parte del presente Decreto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00234

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0479-01589486-8 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, se adjunta Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, en fecha 27 de febrero de 2019.

Que, el mismo tiene por objeto establecer un acuerdo de colaboración a fin de desarrollar actividades y acciones orientadas a establecer condiciones que permitan a personas con alto grado de vulnerabilidad social, promover sus capacidades con el fin de mejorar su calidad de vida.

Que, la finalidad del mismo está orientado a propender a la sustentabilidad de las actividades y emprendidas por los ex Recolectores Urbanos Informales en el marco del Programa de Reconversión Laboral de la Municipalidad de Santa Fe.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, en fecha 27 de febrero de 2019, el que forma parte del presente Decreto.

Art. 2º: Refréndese por la señora Secretaria de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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