- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00167/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
- N° expediente: DE-0479-01577775-8 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, en fecha 28 de diciembre del año 2018, el que forma parte del presente Decreto.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL – AÑO 2019 – Nº 00167
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 MAR 2019
VISTO:
El Documento DE-0479-01577775-8 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, se adjunta Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, en fecha 28 de diciembre del año 2018.
Que, por el mismo, las partes acuerdan el otorgamiento por parte del Ministerio de una suma mensual no reintegrable al Municipio durante el año 2019, para ser destinada a la prestación de asistencia alimentaria a menores provenientes de hogares en situación de vulnerabilidad, en el marco del Programa de Promoción Social Nutricional – Subprograma Comedores Infantiles Integrales.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, en fecha 28 de diciembre del año 2018, el que forma parte del presente Decreto.
Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Desarrollo Social, de Hacienda y de Gobierno.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.