Decreto DMM N° 00118/2019

23 de mayo de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00118/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE-1111-01496987-7 (NI)

Resumen

Apruébase el proyecto de subdivisión de parcelas para el Parque Multimodal Interpuertos, de acorde al croquis estimativo detallado como Anexo I, el cual forma parte integrante del presente Decreto.-
Convócase, a partir del 06 de marzo de 2019, a los interesados en adquirir parcelas del Distrito Logístico “Interpuertos” a presentar los respectivos proyectos de radicación, en el marco de la Ordenanza Nº 12.094.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE DES. ESTRATEGICO Y RESILIENCIA –AÑO 2019– Nº 00118

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-1111-01496987-7 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ordenanza Nº 12.094 se determinaron las parcelas pertenecientes al Distrito Industrial Los Polígonos destinadas al proyecto de Interpuertos.

Que, por Resolución Nº 283/2016 del Ministerio de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe se aprueba el estudio de impacto ambiental, restringiendo los límites originales del proyecto y las posibilidades de intervención sobre los terrenos.

Que, en función de ello, la Secretaría de Recursos Hídricos encargó durante 2018 un estudio de consultoría para el relevamiento planialtimétrico y cálculo de volumen de relleno y terraplenado del predio.

Que, conforme a lo establecido por el artículo 3º de la Ordenanza Nº 12.094 se confeccionó un nuevo proyecto de plano de subdivisión de las parcelas y usos prioritarios, en un todo de acuerdo a lo resuelto en el Convenio con el Club Hípico Gral. Manuel Belgrano (numerado y registrado por Decreto DMM Nº 02447/15) y al estudio y relevamiento antedicho.

Que, habiéndose reunido la Comisión Consultiva contemplada en el artículo 5º de la ordenanza 11.730, analizó las obras que resultan necesario realizar en los terrenos que componen el área destinada al Proyecto Interpuertos, la división en parcelas y los usos que se considerarán prioritarios para las mismas.

Que, dadas las características disímiles de cada parcela según lo determinado por el Informe Planialtimétrico, teniendo en cuenta lo recomendado por la Comisión Consultiva se procedió a realizar una ponderación de los terrenos según su accesibilidad, disponibilidad e infraestructura de acondicionamiento.

Que, teniendo presente lo sugerido por la Comisión Consultiva en cuanto a las características planialtimétricas de cada parcela, lo cual impacta en el costo de acondicionamiento respectivo, la Subsecretaría de Desarrollo Estratégico determinó el valor base del metro cuadrado para su venta.

Que debe dictarse el correspondiente acto administrativo que así lo disponga;

Por ello;

INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Apruébase el proyecto de subdivisión de parcelas para el Parque Multimodal Interpuertos, de acorde al croquis estimativo detallado como Anexo I, el cual forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°: Encomiéndase a las áreas competentes a los fines de la elaboración del plano de subdivisión de parcelas respectivo y demás trámites conducentes.-

Art. 3º: Convócase, a partir del 06 de marzo de 2019, a los interesados en adquirir parcelas del Distrito Logístico “Interpuertos” a presentar los respectivos proyectos de radicación, en el marco de la Ordenanza Nº 12.094.

Art. 4°: Fíjase como valor base del metro cuadrado para la venta de las parcelas del Distrito Logístico “Interpuertos” el indicado en la siguiente tabla:
Parcela 1 $ 272,00
Parcela 2 $ 262,40
Parcela 3 $ 240,00
Parcela 4 $ 160,00
Parcela 5 $ 112,00
Parcela 6 $ 112,00

Art. 5°: Refréndese el presente por las señoras Secretarias de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, de Hacienda y de Gobierno.

Art. 6º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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