- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DPB
- N° Decreto DPB: 0420/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE 0428-01561780-6 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como guardavidas durante la temporada estival, por los períodos allí descriptos.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Texto completo de la norma
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 0420
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE 0428-01561780-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana solicita la contratación de los Guardavidas detallados en nota cabecera, para desempeñarse como guardavidas durante la temporada estival 2018-2019, por el período allí detallado, conforme el orden de mérito respectivo aprobado por Resolución Nº 471/18 de acuerdo al Escalafón de Suplencias y Vacancias convocado por Decreto D.M.M. Nº 00537/18;
Que, dicha contratación se realiza en carácter de Personal No Permanente Contratado, percibiendo una retribución mensual equivalente a la categoría 16, más un suplemento equivalente al 40% del sueldo básico de dicha categoría en concepto del riesgo propio de la actividad, siendo de aplicación lo dispuesto en el Decreto D.M.M. Nº 00300/84;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Que la Subsecretaria de la Función Pública aconseja numerar y registrar los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, para desempeñarse como guardavidas durante el período allí descripto;
Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como guardavidas durante la temporada estival, por los períodos allí descriptos.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretaria de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-