Resolución Intendente N° 271/2018
- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 271/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: EP-0227-01523200-2 (N)
Resumen
Encomendar a la Secretaría de Hacienda a consignar extrajudicialmente, ante el Departamento Escribanía, a nombre y disposición de la Empresa Provincial de la Energía, los pagos de las facturas correspondientes al consumo del alumbrado público de la ciudad de los meses de abril, mayo y junio del corriente año, de acuerdo a la imputación establecida en los considerandos de la presente
Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 271
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2018
VISTO:
El documento EP-0227-01523200-2 (N); y
CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones de referencia Fiscalía Municipal, mediante Providencia Nº 076/18, refiere que la Resolución Nº 375/18 de la Empresa Provincial de la Energía (EPE) – mediante la cual se pretende compensar el importe de dichas facturas y de las que un futuro se generan con los créditos a favor de la Municipalidad, derivados de la aplicación de la Ley 7.797-, ha sido impugnada mediante recurso de revocatoria con apelación en subsidio; sin que la empresa haya contestado ninguna de las vistas y traslados que se le corriera, en virtud de los recursos interpuestos contra las facturas de alumbrado público emitidas y notificadas.
Que, la Resolución Nº 375/18 no sólo dispone realizar compensaciones que resultan improcedentes, sino que solicita el inicio del procedimiento dispuesto en la Ley 7.893 de conflicto interadministrativo para iniciar el reclamo administrativo del pago de las facturas impugnadas.
Que, la E.P.E. no sólo no contesta las vistas y traslados solicitadas en cada impugnación formulada, para poder analizar las actuaciones que dieran origen a cada acto cuestionado, y poder realizar por parte del municipio la fundamentación que fuere necesaria y, de corresponder, ofrecer la prueba pertinente, sino que además, demuestra una falta absoluta de diálogo, pretendiendo de una manera arbitraria, y abusando de su posición dominante como empresa prestataria del suministro eléctrico, reclamar el cobro de los períodos facturados.
Que, en base a ello, el órgano asesor entiende oportuno y conveniente, de manera previa a iniciar otro tipo de reclamo y/o acción judicial por parte del municipio que resguarde sus derechos y garantías, realizar un pago por consignación extrajudicial de las facturas de alumbrado público, de acuerdo a lo expresado en las impugnaciones interpuestas, y en los términos que disponen los artículos 910 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Que desde la Subsecretaría de Hacienda se informa que las facturas de los meses de abril, mayo y junio, alcanzan la suma de $1.735.009, 76, $7.435.749,14 y $7.435.749,14, respectivamente.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte los términos vertidos por Fiscalía Municipal y resulta competente para el dictado del acto administrativo que autorice la consignación pretendida.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Encomendar a la Secretaría de Hacienda a consignar extrajudicialmente, ante el Departamento Escribanía, a nombre y disposición de la Empresa Provincial de la Energía, los pagos de las facturas correspondientes al consumo del alumbrado público de la ciudad de los meses de abril, mayo y junio del corriente año, de acuerdo a la imputación establecida en los considerandos de la presente.
Art. 2º.- Autorizar al Departamento Escribanía a realizar los actos y efectuar los gastos pertinentes, para el cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 910 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Art. 3º.- Remitir las presentes actuaciones a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos.-