Decreto DMM N° 00780/2017

14 de mayo de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00780/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE 0456-01425819-8

Resumen

Apruébase la Licitación Pública N° 01/17, referente a la “CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITO PÚBLICO – ORDENANZA Nº 12.395″, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00548/17.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE HACIENDA – AÑO 2017 – Nº 00780

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 OCT 2017
VISTO:
El Expediente DE 0456-01425819-8 (NI) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia se tramitó la Licitación Pública N° 01/17 correspondiente a la “CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITO PÚBLICO – ORDENANZA Nº 12.395″, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N°00548/17.
Que, cumplimentados los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 24.08.2017, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial Evaluadora, creada por el Art. 5° del mencionado decreto, la que ha emitido dictámen técnico.
Que, a la presente concurrieron dos (2) oferentes, a saber: a)- BANCO CREDICOOP COOP. LTDA., ofreciendo como propuesta básica un monto capital de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($8.487.600,00), con una tasa variable, “Tasa Badlar de Bancos Privados” publicada por el BCRA, más tres punto noventa y cinco (3.95) puntos porcentuales y un plazo de amortización de TREINTA Y SEIS (36) MESES; y b)- NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A, quien ofrece como propuesta básica un monto capital de PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS ($8.487.600,00), con una tasa variable, “Tasa Badlar de Bancos Privados” publicada por el BCRA, más cuatro punto setenta y cinco (4.75) puntos porcentuales y un plazo de amortización de TREINTA Y SEIS (36) MESES.
Que, la oferta presentada por la firma BANCO CREDICOOP COOP. LTDA. se encuentra dentro parámetros económicos razonables.
Que, la firma BANCO CREDICOOP COOP. LTDA. ha cumplimentado con los recaudos esenciales exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones.
Que, la oferta más conveniente, acorde a los antecedentes técnicos corroborados, como así también al valor de su oferta, corresponde al BANCO CREDICOOP COOP. LTDA., habiéndose propuesto una financiación con parámetros que no superan la limitación establecida en la Ordenanza Nº 12.395, que rige para la presente contratación y cuyo cálculo es correcto en la simulación financiera presentada.

Que, desde un aspecto técnico-jurídico, se han cumplimentado con los principios basales del procedimiento de selección, a saber : (i) igualdad; (ii) concurrencia, (iii) transparencia y (iv) publicidad.
Que, la Comisión Especial Evaluadora aconseja adjudicar la Licitación Pública Nº 01/2017 “CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITO PÚBLICO – ORDENANZA Nº 12.395”; a la empresa BANCO CREDICOOP COOP. LTDA., acorde a los fundamentos expuestos en su dictamen, el cual forma parte integrante del presente Decreto.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo que lo recepte y disponga lo mencionado precedentemente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA
Art. 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 01/17, referente a la “CONTRATACIÓN DE EMPRÉSTITO PÚBLICO – ORDENANZA Nº 12.395″, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00548/17.
Art. 2°: Adjudicase al BANCO CREDICOOP COOP. LTDA., la contratación del empréstito detallada en el artículo 1º del presente, en un todo de acuerdo con el Pliego Único de Bases y Condiciones y demás documentación obrante en el Expediente DE 0456-01425819-8 (NI), por el monto de pesos ocho millones cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos ($8.487.600,00), con una tasa variable, tasa de interés “Tasa Badlar de Bancos Privados” publicada por el BCRA más tres punto noventa y cinco por ciento (3,95%) puntos porcentual y un plazo de amortización de treinta y seis (36) meses.
Art. 3°: Apruébense los modelos de contrato de préstamo y de contrato de cesión, que como Anexo I y II forman parte integrante del presente. Dispónese que por Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda se confeccionen oportunamente los contratos respectivos a suscribir con la empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.

Art. 4°: Notifíquese en legal forma a la empresa adjudicataria y para cumplimentar lo dispuesto en el Art. 3° del presente, a cuyo fin se dará intervención a la Secretaría de Hacienda.
Art. 5°: Autorízase a Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañados por todas las oferentes.
Art. 6°: Notifíquese en legal forma a las empresas intervinientes en la presente licitación.
Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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