- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00632/2017
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
- N° expediente: DE-1073-01424334-9
Resumen
Autorízase la ampliación de la obra y plazo de ejecución de “PAVIMENTACIÓN, DESAGÜES Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LOS BARRIOS CHALET Y SAN LORENZO entre las calles Amenábar (N), Roberto Arlt (S), San José (E) y Lamadrid (O); CALLE SAN JOSÉ en el barrio R. Sáenz Peña entre las calles Gral. López (S) y Monseñor Zaspe (N); Y PASO BAJO NIVEL de la Av. Int. Irigoyen entre los barrios Chalet y Centenario”, correspondiente a la Licitación Pública N° 25/2016, contratada con la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – COEMYC S.A., en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaráz, Secretario de Obras Públicas
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2017– Nº 00632
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 17 AGO 2017
VISTO:
El Expediente DE-1073-01424334-9; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, elevó la propuesta de ampliación de obra y del plazo de ejecución, correspondiente a la Licitación Pública N° 25/16, “PAVIMENTACIÓN, DESAGÜES Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LOS BARRIOS CHALET Y SAN LORENZO entre las calles Amenábar (N), Roberto Arlt (S), San José (E) y Lamadrid (O); CALLE SAN JOSÉ en el barrio R. Sáenz Peña entre las calles Gral. López (S) y Monseñor Zaspe (N); Y PASO BAJO NIVEL de la Av. Int. Irigoyen entre los barrios Chalet y Centenario”, contratada con la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – COEMYC S.A.
Que, del informe de la Dirección, se desprenden los justificativos técnicos que ameritan las modificaciones y la creación de ítems solicitados.
Que, por un lado se propone el reemplazo de base reciclada por una sub base de suelo, arena, cemento, no resultando variantes económicas, cumpliendo con los requerimientos técnicos exigidos.
Que, de los estudios de suelo realizados en el sector, se propone la utilización de tunelera teledirigida para la construcción del colector principal cloacal en determinados sectores proporcionando una mayor estabilidad de las construcciones cercanas acelerándose los tiempos constructivos, y brindando además una mayor seguridad.
Que, se plantea la necesidad de modificar las dimensiones del cruce bajo nivel del Rubro IV y que se propone la construcción de una cámara para caudalimetro que no fuera contemplada oportunamente y requerida por el órgano prestatario de servicio de desagües cloacales (ASSA); ello consta en los antecedentes según las Nota de Pedido Nº 6, 24, 30, 32 y 48 y Ordenes de Servicio Nº 2, 24, 30 y 35; que las modificaciones señaladas mejorarían sustancialmente las condiciones de circulación y visibilidad del sector.
Que, dichos requerimientos implican la ampliación de los ítems Nº 6, 13, 31, 32, 33, 76, 78, 81, 89 y 91, la reducción de las cantidades previstas para los ítems Nº 4, 28, 29, 30, 77 y 79, y la creación de los ítems Nº 99, 100, 101, 102; en consecuencia, realizado el balance entre los aumentos y las quitas, la obra aumentaría su valor en un total de pesos diez millones noventa y nueve mil seiscientos veintidós con cuarenta y cuatro centavos ($10.099.622,44), representando ello una variación del siete con veintisiete por ciento (7,27%).
Que, como consecuencia de la readecuación de ítems tramitada, las dificultades sobrevinientes y derivados de la obra cloacal que se ejecuta en el mismo sector y los días de lluvia y exceso de humedad de los meses de febrero, marzo, abril, mayo y junio, cuyas planillas pluviométricas se agregan y que a tenor del conocimiento técnico de los órganos de inspección se considera ajustado un plazo de ampliación de obra en ciento veintiocho (128) días corridos.
Que, la Asesoría Legal interviniente, considera ajustado a derecho el otorgamiento de dicha ampliación de obra con la correspondiente ampliación de plazo de ciento veintiocho (128) días corridos, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 26.12.2017, con fundamento de las previsiones del artículo 54 del Pliego aplicable.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin de determinar la ampliación del plazo de ejecución de la presente obra, dictando al efecto el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.
Art. 1°: Autorízase la ampliación de la obra y plazo de ejecución de “PAVIMENTACIÓN, DESAGÜES Y OBRAS COMPLEMENTARIAS DE LOS BARRIOS CHALET Y SAN LORENZO entre las calles Amenábar (N), Roberto Arlt (S), San José (E) y Lamadrid (O); CALLE SAN JOSÉ en el barrio R. Sáenz Peña entre las calles Gral. López (S) y Monseñor Zaspe (N); Y PASO BAJO NIVEL de la Av. Int. Irigoyen entre los barrios Chalet y Centenario”, correspondiente a la Licitación Pública N° 25/2016, contratada con la Unión Transitoria MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. – COEMYC S.A., en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Art. 2°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto vigente en la Jurisdicción: 1110128000 – Secretaría de Obras Públicas – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 –Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 18.84.51; 18.84.52; 18.84.53; 18.84.54; 18.84.55 –Fuentes de Financiamiento: 133 Fondo Nacional, por la suma de pesos diez millones noventa y nueve mil seiscientos veintidós con cuarenta y cuatro centavos ($10.099.622,44).
Art. 3°: Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de ciento veintiocho (128) días corridos, concluyendo dicho plazo el 26 de Diciembre de 2017.
Art. 4°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, dependencia esta última que notificará en legal forma a la contratista y le requerirá la ampliación proporcional de la garantía de ejecución. Fecho, procederá a archivar las presentes al legajo de la presente obra.
Art. 5°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 6°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-