Decreto DPB N° 0116/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0116/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE- 0467-01661671-6

Resumen
Déjese sin efecto el Decreto D.P.B. Nº 0093/20.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0116

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAY 2020
VISTO:
El Documento DE- 0467-01661671-6 (NI) y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto D.P.B. Nº 0093/20 se otorgó Licencia sin goce de haberes por razones de índole particular al agente Nicolás Santiago BRACHET (Código Nº 13529), a partir del 01 de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que por la actuación del visto, el agente solicita la suspensión de la licencia otorgada, informando la Secretaría de Asuntos Hídricos y Gestión de Riesgos que el agente prestó servicios con normalidad durante el mes de abril del corriente.
Que la Dirección Ejecutiva de la Función Pública aconseja dejar sin efecto el Decreto D.P.B. Nº 0093/20, por lo que corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Déjese sin efecto el Decreto D.P.B. Nº 0093/20.-
Art. 2º: Refréndese por el Secretario de Gobierno.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0115/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0115/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0477-01661662-5

Resumen
Acéptese al 30 de junio de 2020, la renuncia presentada por la Prof. María Eugenia STRINGHINI (Código Nº 11430), D.N.I. Nº 17.612.573, a su cargo de Docente Titular, con doce (12) horas cátedra de la asignatura “Didáctica y Curriculum”, Función 43, dependiente de la Dirección Administrativa del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, para acogerse al beneficio jubilatorio.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0115
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAY 2020
VISTO:
El Documento DE-0477-01661662-5 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, la Prof. María Eugenia STRINGHINI (Código Nº 11430), D.N.I. Nº 17.612.573, presenta su renuncia para acogerse al beneficio jubilatorio.
Que la Dirección de Personal informa que la citada agente, revista en esta Administración en calidad de Docente Titular, con doce (12) horas cátedra de la asignatura “Didáctica y Curriculum”, Función 43, dependiente de la Dirección Administrativa de Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco” debiendo aceptarse la renuncia al 30 de junio de 2020.
Que la Dirección Ejecutiva de Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Acéptese al 30 de junio de 2020, la renuncia presentada por la Prof. María Eugenia STRINGHINI (Código Nº 11430), D.N.I. Nº 17.612.573, a su cargo de Docente Titular, con doce (12) horas cátedra de la asignatura “Didáctica y Curriculum”, Función 43, dependiente de la Dirección Administrativa del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, para acogerse al beneficio jubilatorio.
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

 

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Resolución DEM N° 113/2020

Limita designaciones como beneficiarios del Programa Entrenamiento y Capacitación Laboral (practicas): Carlotta Sergio Daniel, Salas Melina Tamara y Villalba Omar Diego

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Resolución Interna 08/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Tipo de Normativa: Resolución Interna
  • N° de Normativa: 08/2020
  • Fecha de Sanción: 29 de Mayo de 2020
  • Secretaría: Secretaría de Producción y Desarrollo Económico08-20

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Decreto DMM N° 00074/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00074/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: 0479-01660315-1 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en el Anexo I.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

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DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00074

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 ABR 2020

VISTO:

El Documento 0479-01660315-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia obra la Solicitud de Pedido Nº 784 para la Compra Directa de dos mil (2.000) lavandinas de un litro para entrega diaria, por el período de treinta (30) días, con entregas semanales de 15.000 unidades por Emergencia Sanitaria COVID-19;

Que, a fs. 1, la Secretaria de Políticas de Cuidados y Acción Social fundamenta la necesidad de la presente gestión;

Que la adquisición de los productos e insumos que se gestionan son de suma necesidad y urgencia para enfrentar las consecuencias de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al nuevo coronavirus COVID-19, la cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a varios Decretos Municipales emitidos en consecuencia (Decretos D.M.M. N° 42/2020, N° 48/2020, N° 49/2020, etc.). Particularmente, el Decreto Nacional N° 297/2020 ordena a los ciudadanos mantener condiciones de aislamiento social, medida que ha sido prorrogada hasta el 26 de abril del corriente por Decreto N° 355/2020;

Que, en dicho contexto, la Municipalidad se comprometió a realizar las compras de los elementos de higiene indispensables a fin de garantizar la realización de los operativos, de manera conjunta con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe;

Que para ello resulta necesario contar con artículos de limpieza que puedan ser entregados de manera urgente e inmediata;

Que, por lo expuesto, la presente gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el art. 4°, inciso b), del Decreto 1857/79 habiendo “razones de urgencia en que debido a circunstancias imprevistas no pueda esperarse la Licitación Pública”, siendo necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal autorice la gestión;

Que, en relación al procedimiento de selección del co-contratante con la Administración Municipal, cabe destacar que obra solicitud de pedidos de cotización, bajo el N° 784, remitida a la Secretaria de Hacienda;

Que, dicha gestión, se publicó en la página web del Municipio y desde la Dirección de Compras se solicitó cotización a distintos proveedores de la ciudad que puedan garantizar stock de lo requerido, debido a que por la situación de emergencia y las restricciones a la movilidad se observan dificultades de acceso a ciertos artículos;

Que, asimismo, se solicitó a la Cámara de Supermercados de Santa Fe que por su intermedio se de difusión a la presente gestión;

Que se adjuntan cotizaciones recibidas de las empresas Patricio Gihano por un monto de $864.000 por veintisiete mil unidades de un litro de lavandina, CAUSTISOL S.R.L. por un monto de $144.00 por dos mil cuatrocientas unidades de un litro de lavandina, CIP TAMBOS S.R.L. por un monto de $ 2.070.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina; OLIVERA ROCIO INES (LIMPIECITO) por un monto de $2.100.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina y SERVIMAT por un monto de $2.385.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina;

Que en el informe de adjudicación se ponderan las ofertas, particularmente respecto a capacidad de entrega conforme especificaciones del requerimiento, sugiriendo la adjudicación al proveedor que garantiza la cantidad solicitada en las condiciones económicas más favorables. Asimismo, se agrega lista con los precios máximos informados por el Gobierno Nacional para la Provincia de Santa Fe, de donde surge la razonabilidad del monto de la oferta;

Que, luego de efectuado ese análisis en el informe de adjudicación, se recibe notificación del proveedor de la oferta más ventajosa (CIP TAMBOS S.R.L.) donde informa que, contrariamente a lo manifestado al momento de la cotización, no cuenta con la presentación del producto conforme las especificaciones técnicas (botella de un litro);

Que ante tal circunstancia las áreas intervinientes recomiendan adjudicar a OLIVERA ROCIO INES (LIMPIECITO), proveedora de la segunda oferta económicamente más conveniente;

Que ha tomado intervención el asesor legal de la Secretaria de Hacienda, emitiendo dictamen sin formular objeciones al procedimiento de selección;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.

Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en el Anexo I.

Art. 3º: Refréndense el presente por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Hacienda y de Políticas
de Cuidado y Acción Social.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Resolución Intendente N° 084/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 084/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0121-01659694-2 (NI)

Resumen
Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Marcelo Andrés TORRES (Código Nº 14.453), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 084

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-0121-01659694-2 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la actuación de referencia, Fiscalía Municipal informa que, a través de comunicación brindada por el Ministerio Público de la Acusación, el agente Marcelo Andrés TORRES (Código Nº 14.453) tiene iniciada una causa penal y se encuentra privado de su libertad a raíz del dictado de la prisión preventiva sin plazo dictada en audiencia de atribución imputativa por el juez competente.
Que, la Dirección de Personal informa que el agente TORRES reviste en esta administración en calidad de Permanente, con funciones de Inspector Multifunción, Categoría 16, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Control Municipal.
Que obra dictamen jurídico del Sr. Fiscal Municipal por el cual se aconseja el dictado del acto administrativo que disponga la apertura de un sumario administrativo a fin de investigar los hechos señalados por el Ministerio Publico de la Acusación, y permita establecer si la conducta que habría asumido el agente, tanto desde la perspectiva penal como desde el punto de vista disciplinario, puede configurar un supuesto de responsabilidad administrativa, pasible de sanción.
Que la conducta involucrada podría implicar la infracción a los deberes y prohibiciones contenidos en el art. 13 incs. b); art. 14 inc. f); y la eventual configuración de las conductas previstas en el art. 63 inc. e) y/o art. 64 inc. g) y/o h), del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527).
Que respecto a las inasistencias a su lugar de trabajo como consecuencia de la privación de la libertad, debe aplicarse lo dispuesto por el art. 114 del Estatuto para el Personal Municipal, disponiendo la suspensión preventiva del agente sin derecho a la percepción de haberes, por el período en subsista tal situación.
Que, por lo tanto, la Dirección Ejecutiva de la Función Pública, aconseja el dictado del acto administrativo pertinente que disponga la instrucción de un sumario administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente Marcelo Andrés TORRES, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º:Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Marcelo Andrés TORRES (Código Nº 14.453), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Ordenanza Nº 8.527), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º:Disponer la suspensión preventiva del agente sin derecho a la percepción de sus haberes, por el período que subsista su privación de libertad, en los términos del art. 114 del Estatuto.
Art. 3º: Girar copia a la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana y a la Dirección de Personal, para su conocimiento. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal, a fin de que arbitre los medios necesarios para la notificación del agente involucrado y demás efectos.

 

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Decreto DMM N° 00089/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00089/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE 0479-01660611-3 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando a Rubén Oldani, CUIT N° 20-14558040-5, los ítems y en los términos detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($ 833.470).

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00089

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAY 2020

VISTO:

El Documento DE 0479-01660611-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud ha declarado pandemia a la enfermedad COVID-19, lo cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a los Decretos Municipales D.M.M. Nro. 00040/2020; 00041/2020; 00042/2020; 00043/2020; 00048/2020; 00049/2020; 00050/2020; 00060/2020 y 00061/2020.

Que en ese contexto, y con el objetivo de descomprimir las áreas críticas de hospitales de tercer nivel de atención, esta Municipalidad ha articulado estrategias sanitarias con el gobierno provincial para la implementación de espacios para personas, con diagnóstico confirmado o probable de SARS CoV-2, que cursen con síntomas leves y cuyas condiciones sociales o habitacionales dificulten la posibilidad de realizar aislamiento en sus domicilios.

Que, a tal efecto, mediante el convenio suscripto con el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia de Santa Fe, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/2020, y posterior adenda numerada y registrada por Decreto D.M.M. N° 00083/2020, se acordó en el marco del Programa “Atención de Gobiernos Locales – Emergencia COVID-19”, la instalación y puesta en funcionamiento de “Centros de Aislamiento Sanitario” en el ámbito territorial de jurisdicción de esta Municipalidad.

Que, a fin de garantizar la adecuada atención en dichos espacios, resulta necesario contar de forma urgente con ropa de cama (sábanas, toallas y frazadas).

Que por las actuaciones de referencia la Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social, solicita la compra de los elementos mencionados, adjuntando la Solicitud de Pedido Nº 810 por un monto de pesos un millón setecientos veinte mil ($ 1.720.000,00).

Que mediante la Dirección de Compras, a través del sitio web del Municipio, se invitó a cotizar a distintos proveedores de la ciudad conforme a las especificaciones técnicas del servicio solicitado.

Que en el acta de recepción de ofertas consta que se han recibido cuatro (4): Rubén Oldani (Oldani Indumentaria) por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($833.470); Mariano Spiler (Tienda Ultramar) por un total de pesos un millón doscientos treinta y cinco mil ($1.235.000); Mercotex S.A. por un monto de pesos un millón trescientos treinta y seis mil quinientos ($ 1.336.500); y Microtelco Solution S.A. por un monto total de pesos un millón cuatrocientos noventa y cinco mil ($1.495.000);

Que, la Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social realiza informe técnico en donde detalla que las ofertas de Oldani Indumentaria de Rubén Oldani, Tienda Ultramar de Mariano Spiler y Microtelco Solution S.A. cumplen con la totalidad de lo solicitado. Por su parte, señala que la oferta de Mercotex S.A. cumple técnicamente los requerimientos en el ítem Nº 1 en sus propuestas B, C y D y en el ítem Nº 2 en sus ofrecimientos A y B, pero no se ajusta a los parámetros del ítem Nº 1 en la opción A, del ítem Nº 2 en su propuesta C, particularmente en cuanto al plazo de entrega, y del ítem Nº 3 en cuanto al gramaje requerido.

Que en el informe de pre-adjudicación de áreas competentes de la Secretaría de Hacienda consideran conveniente adjudicar al proveedor de la oferta más económica, en razón de presentar el menor precio y cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.

Que la Asesoría Legal interviniente señala que se encuentra acreditado el contexto de emergencia y las circunstancias excepcionales en que no pueden esperar los plazos de una Licitación Pública, por lo que la gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el artículo 4º inciso b) del Decreto Nº 01857/79.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.

Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando a Rubén Oldani, CUIT N° 20-14558040-5, los ítems y en los términos detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($ 833.470).

Art. 3º: El presente gasto será imputado en el presupuesto vigente de la siguiente manera: Jurisdicción: 1110158000 – Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Unidad Ejecutora: 56 – Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Dependencia: 0158 -Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Fuente de Financiamiento: 132 – De Origen Provincial.

Art. 4º: Refréndense el presente las Secretarias de Hacienda y de Políticas de Cuidado y Acción Social, y el Secretario de Gobierno.

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Resolución Interna 012/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Tipo de Normativa: Resolución Interna
  • N° de Normativa: 012/2020
  • Fecha de Sanción: 12 de Mayo de 2020
  • Expediente: DE-04448-01655052-7(N), y;
  • Secretaría: Secretaría de Obras y Espacio Público

Resolución 2020-12 – Floristas Cementerio

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Decreto DPB N° 0110/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0110/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0929-01653748-2 (NI)

Resumen
Acéptese la renuncia presentada por el Prof. Luis GRATTIER(Código Nº 9302), D.N.I. Nº 13.728.249, a cuatro (4) horas cátedra de la Asignatura “Taller de Fotografía”, Función 43, de la Dirección Administrativa de Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, a partir del 10 de marzo de 2020, por razones de índole particular.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – N 0110

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAY 2020

VISTO:
El Documento DE-0929-01653748-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, el Prof. Luis GRATTIER (Código Nº 9302), D.N.I. Nº 13.728.249, manifiesta su intención de renunciar a cuatro (4) horas cátedras de la asignatura “Taller de Fotografía”, por razones de índole particular.
Que la Dirección de Personal informa que el citado revista en esta Administración en calidad de Docente Titular, con cuatro (4) horas cátedra de Asignatura “Taller de Fotografía”, Función 43, dependiente de la Dirección Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, debiendo aceptase a renuncia al 10 de marzo de 2020.
Que la Dirección Ejecutiva de Función Pública aconseja aceptar la renuncia presentada por el citado docente, a partir del 10 de marzo de 2020.
Que debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Acéptese la renuncia presentada por el Prof. Luis GRATTIE (Código Nº 9302), D.N.I. Nº 13.728.249, a cuatro (4) horas cátedra de la Asignatura “Taller de Fotografía”, Función 43, de la Dirección Administrativa de Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, a partir del 10 de marzo de 2020, por razones de índole particular.
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.
Art. 3º:Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

 

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Decreto DMM N° 00077/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00077/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0479-01660141-1 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando a TECSUS S.R.L., CUIT 30-71433028-0, por un valor unitario por cama ocupada por día de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545,85), y hasta un máximo de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950).
Apruébese el modelo de contrato con la empresa TECSUS S.R.L., que como ANEXO se adjunta y forma parte integrante del presente, autorizando a suscribirlo a la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00077
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-0479-01660141-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud ha declarado pandemia a la enfermedad COVID-19, lo cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a los Decretos Municipales D.M.M. Nro. 00040/2020; 00041/2020; 00042/2020; 00043/2020; 00048/2020; 00049/2020; 00050/2020; 00060/2020 y 00061/2020.
Que, en ese contexto y con el objetivo de descomprimir las áreas críticas de hospitales de tercer nivel de atención, esta Municipalidad ha articulado estrategias sanitarias con el gobierno provincial para la implementación de espacios para personas con diagnóstico confirmado o probable de SARS CoV-2 que cursen con síntomas leves y cuyas condiciones sociales o habitacionales dificulten la posibilidad de realizar aislamiento en sus domicilios.
Que, a tal efecto, mediante el convenio suscripto con el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia de Santa Fe, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/2020, se acordó en el marco del Programa “Atención de Gobiernos Locales – Emergencia COVID-19” el acondicionamiento y puesta en marcha de dos “Centros de Aislamiento Sanitario” en los predios de la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N) – Club de Campo y de la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M).
Que a fin de garantizar las condiciones de sanidad y salubridad que la normativa vigente exige en dichos espacios resulta necesario contar en manera urgente con un “Servicio Integral de Limpieza”, cuya modalidad de prestación pueda adaptarse al nivel de demandad.
Que por las actuaciones de referencia la Dirección Ejecutiva de Salud y Promoción Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Cuidados y Acción Social, solicita la contratación del servicio adjuntando la Solicitud de Pedido Nº 765 por un monto de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950) y las especificaciones técnicas correspondientes.
Que se realizó la publicación de la gestión en el sitio web del Municipio y se solicitó, mediante la Dirección de Compras, cotizaciones a distintos proveedores de la ciudad que puedan cumplir con el servicio solicitado conforme a las especificaciones técnicas.
Que se adjuntan cotizaciones por recibidas de las empresas TECSUS S.R.L., por un valor unitario por cama ocupada de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545.85), ascendiendo el máximo presupuestado a catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950); y DELTA LIMPIEZA de César Jorge Villalba por un valor unitario por cama ocupada de mil doscientos cincuenta pesos ($1.250) resultando el monto máximo presupuestado de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil pesos ($33.750.000), ambas ofertas para el supuesto de trescientas (300) unidades durante noventa días.
Que la Dirección Ejecutiva de Salud y Promoción Comunitaria de la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social realiza informe técnico en donde manifiesta que las empresas que cotizaron cumplen con las especificaciones técnicas del pedido de cotización.
Que en el informe de pre-adjudicación de áreas competentes de la Secretaría de Hacienda consideran conveniente adjudicar al proveedor de la oferta más económica, en razón de presentar el menor precio y cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.
Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda señala que atento al contexto de emergencia y circunstancias excepcionales que no pueden esperar los plazos de una Licitación Pública, la gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el artículo 4º inciso b) del Decreto Nº 01857/79.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:
Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando a TECSUS S.R.L., CUIT 30-71433028-0, por un valor unitario por cama ocupada por día de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545,85), y hasta un máximo de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950).
Art. 3º: Apruébese el modelo de contrato con la empresa TECSUS S.R.L., que como ANEXO se adjunta y forma parte integrante del presente, autorizando a suscribirlo a la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social.
Art. 4º: Refréndense el presente las Secretarias de Hacienda y de Políticas de Cuidado y Acción Social, y el Secretario de Gobierno.
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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