Decreto DMM N° 00248/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00248/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE 1129-01582022-8(NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Obras Públicas Locales Menores” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Armonía, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompaña al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2019 – Nº 00248

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2019

VISTO:

El Documento Nº DE 1129-01582022-8(NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Obras Públicas Locales Menores”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Armonía, en fecha 12 de Abril de 2019.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Obras Públicas Locales Menores”, que como Anexo I y II se acompañan.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Obras Públicas Locales Menores” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Armonía, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompaña al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00247/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00247/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1157-01566811-4 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio Schneider, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompaña al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2019 – Nº 00247

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2019

VISTO:

El Documento Nº DE-1157-01566811-4 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio Schneider, en fecha 12 de Abril de 2019.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio Schneider, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompaña al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00246/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00246/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1157-01579913-3 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Centro de Acción Comunitaria Liceo Norte, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompañan al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2019 – Nº 00246

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2019

VISTO:

El Documento Nº DE-1157-01579913-3 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Centro de Acción Comunitaria Liceo Norte, en fecha 12 de Abril de 2019.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Civil Centro de Acción Comunitaria Liceo Norte, en fecha 12 de Abril de 2019, que acompañan al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Resolución Intendente N° 145/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 145/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01536517-4

Resumen

Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por el Señor Adolfo Adrián CORVALÁN, por medio de apoderada, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5943-C-2018, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 145

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El expediente DE-0448-01536517-4 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por el agente municipal Adolfo Adrián CORVALÁN, por medio de su apoderada la abogada Ethel Noemí CARRERAS, contra la Resolución Nº 5943-C-2018 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, que desestimó la solicitud de jubilación por invalidez peticionada, en base a que el grado de incapacidad dictaminado por la Junta Médica interviniente resultaba insuficiente para conceder el beneficio.
Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente interpuesto, mediante Resolución Nº 6026-C-2018.
Que, expresados los agravios correspondientes, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 059/19, donde señala que las circunstancias no ameritan la constitución de una Junta Médica de Apelación en los términos de la Resolución Nº 396 – Tomo letra “A”, de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, aprobada por Decreto Nº 2995/91 del Departamento Ejecutivo Municipal, pues el recurrente omite acompañar elementos de juicio y/o estudios médicos que ameriten tal solución.
Que, su artículo 4º prevé que se deberá acompañar al memorial del recurso la totalidad de pruebas en que fundamenta su derecho, pudiendo disponerse el reexamen si los nuevos elementos de juicio tienen entidad para modificar la opinión médica anteriormente emitida, circunstancia que no se da en el caso bajo análisis.
Que, asimismo, y en cuanto a la cuestión de fondo, conforme a lo establecido en el art. 44 de la Ordenanza Nº 6.166 y lo dictaminado oportunamente por la junta médica interviniente, el recurrente no encuadra en las previsiones legales por padecer un grado total de incapacidad parcial y permanente del 36% (treinta y seis por ciento), insuficiente para acceder a la jubilación pretendida.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere rechazar el recurso promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por el Señor Adolfo Adrián CORVALÁN, por medio de apoderada, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5943-C-2018, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber –conforme a la Ley Nº 12.071- que se halla cumplida en el caso la instancia administrativa correspondiente. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 144/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 144/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01529656-9

Resumen

Tener por desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Marcos Sixto ABACA, por medio de apoderado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5875-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 144

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019

VISTO:
El expediente DE-0448-01529656-9 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Marcos Sixto ABACA, por medio de su apoderado el Abog. Esteban ASEGUINOLAZA, contra la Resolución Nº 5875-C-2017 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, que desestimó la solicitud de jubilación por invalidez peticionada, en base a las consideraciones allí vertidas.
Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente, interpuesto mediante Resolución Nº 5982-C-2018.
Que, corrido el respectivo traslado para expresar agravios mediante cédula diligenciada en fecha 01.11.18, a la fecha el recurrente no efectuó presentación alguna.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 047/18, donde efectúa una reseña de la normativa referida al sistema recursivo aplicable al caso, al cual cabe remitirse atento a su extensión.
Que, de acuerdo a lo que surge de las constancias del expediente, desde la fecha de notificación del traslado ordenado a los fines de fundar el recurso de apelación ha transcurrido holgadamente el plazo de diez (10) días hábiles que dispone el art. 364 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, por lo que resulta aplicable su último párrafo y, en consecuencia, debe tenerse por operada la deserción del recurso.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere tener por desierto el recurso de apelación promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Tener por desierto el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Marcos Sixto ABACA, por medio de apoderado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5875-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido en fecha 02.05.18 (Obispo Boneo Nº 565 Santa Fe), haciéndole saber –conforme a la Ley Nº 12.071- que se halla cumplida en el caso la instancia administrativa correspondiente. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 143/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 143/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0802-01103733-0

Resumen

Rectifíquese el artículo 1º de la Resolución Nº 601/15, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Señor Enzo Hernán NAZZO, contra la Resolución de la Dirección de Rentas Nº 1148/2014, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.”

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 143

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0802-01103733-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la actuación de referencia, se tramitó el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Enzo Hernán NAZZO, contra la Resolución de la Dirección de Rentas Nº 1148/14 que dispuso el rechazo a su trámite de “Cese Total de Actividades – Derecho de Registro e Inspección” por la actividad de servicios personales.
Que, previa intervención de Fiscalía Municipal a través del Dictamen Nº 129/2015, se resolvió el recurso promovido a través de la Resolución Nº 601/2015, surgiendo de la simple lectura de las actuaciones, que se ha cometido un error involuntario en la Resolución mencionada, debiendo en consecuencia rectificarse.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente a los fines del dictado acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rectifíquese el artículo 1º de la Resolución Nº 601/15, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Señor Enzo Hernán NAZZO, contra la Resolución de la Dirección de Rentas Nº 1148/2014, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.”
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Rentas a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 142/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 142/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: CO-0062-01549044-4

Resumen

Autorizar el Cambio de Titularidad peticionado por la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, para continuar con el desarrollo de la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una Actividad Industrial de Clase 2 y solo admitida en los Distritos Industriales (I) y de Equipamiento (E1), en el domicilio sito en Avda. Aristóbulo del Valle N° 10.298, Distrito C2c, por el plazo que le reste de la Resolución Nº 17.946 del Honorable Concejo Municipal.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 142

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 10 MAY 2019

VISTO:
El Documento CO-0062-01549044-4 (PPC), y;
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente de referencia la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, solicita al Honorable Concejo Municipal se le otorgue el Cambio de Titularidad del local ubicado en Avda. Aristóbulo del Valle Nº 10.298, otorgada al Sr. Gabriel STOCKMANNS, mediante Resolución Nº 17.946, para llevar adelante la actividad de “Carpintería de madera en general”, poniendo en conocimiento el fallecimiento de su padre y manifestando su intención de continuar con la actividad mencionada.
Que, la Comisión de Planeamiento Urbano, Hábitat, Obras Públicas y Gestión de Riesgos del Honorable Concejo Municipal, considera factible que se traslade la titularidad de la actividad económica a la solicitante, siempre y cuando la misma reúna las condiciones que el Departamento Ejecutivo requiera para la inscripción de la actividad económica y por el plazo que reste de la Resolución Nº 17.946, siendo necesario el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente.
Que, se acompaña Acta de Defunción del Sr. STOCKMANNS, donde consta su fallecimiento en fecha 05.03.18, como así también la conformidad de los demás herederos para que se efectúe la presente gestión.
Que, la Dirección de Urbanismo manifiesta que acorde a sus competencias, no tiene observaciones de índole técnicas que realizar, informando que la actividad “Carpintería de Madera en General”, correspondiente al Rubro Actividades Industriales – Clase 2, no se encuentra admitida en el Distrito C2c, conforme a la ubicación del inmueble, con las observaciones pertinentes, según los metros cuadrados de superficie cubierta;
Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen Nº 04/19 expresa que comparte lo esgrimido por las áreas intervinientes considerando factible lo solicitado, sugiriendo el dictado de la Resolución que autorice el cambio de titularidad peticionado, ad referendum del Honorable Concejo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar el Cambio de Titularidad peticionado por la Sra. Fabiana Lucía STOCKMANNS – D.N.I. Nº 37.460.612, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, para continuar con el desarrollo de la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una Actividad Industrial de Clase 2 y solo admitida en los Distritos Industriales (I) y de Equipamiento (E1), en el domicilio sito en Avda. Aristóbulo del Valle N° 10.298, Distrito C2c, por el plazo que le reste de la Resolución Nº 17.946 del Honorable Concejo Municipal.-
Art. 2º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-
Art. 3º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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Resolución Intendente N° 132/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 132/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01588630-2

Resumen

Disponer el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, de acuerdo al detalle aportado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, obrante en la actuación, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 132

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0428-01588630-2 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita autorización para efectuar el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, de acuerdo al detalle aportado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, obrante en la actuación, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga el pago de las jornadas cumplimentadas en días feriados, por los agentes guardavidas detallados en el anexo adjunto;
Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Disponer el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, de acuerdo al detalle aportado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, obrante en la actuación, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18.
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 090/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 090/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0480-01563873-7

Resumen

Ampliar en un treinta por ciento (30%) la ayuda económica otorgada a la “Asociación Civil Dignidad y Vida Sana”, por Resolución D.E.M. N° 032/19, a partir del mes de marzo de 2019, ascendiendo el beneficio a ciento ochenta y siete mil doscientos pesos ($187.200) mensuales, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 090

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 03 ABR 2019
VISTO:
El Documento DE-0480-01563873-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, con el objetivo de garantizar el buen funcionamiento de las instalaciones de la planta de clasificación ubicada en el nuevo complejo ambiental de Santa Fe y Área Metropolitana e incrementar el volumen de materiales reciclables o reutilizables, la Municipalidad de Santa Fe brinda apoyo operativo y logístico a la Asociación Civil Dignidad y Vida Sana que trabaja en esas instalaciones.
Que, a tales fines, mediante Resolución D.E.M. N° 032/19, se otorgó una ayuda económica mensual de ciento cuarenta y cuatro mil pesos ($144.000) para dicha Asociación, por el término de seis meses, a partir del 1° de febrero del corriente año.
Que, mediante nota de fecha 21 de marzo del corriente, la Asociación solicitó un aumento del treinta por ciento (30%) en el beneficio, fundado ello en una serie de dificultades que en su conjunto impactan negativamente en las posibilidades de supervivencia de las familias que manejan la planta y se nuclean alrededor de la Asociación, poniendo especial énfasis la crisis económica generalizada que atraviesa el país y la depreciación de la moneda nacional.
Que, la Secretaría de Desarrollo Social avala lo solicitado por la Asociación.
Que, del informe elaborado por el servicio social, surge que el grupo familiar carece de beneficios sociales, vivienda propia ni ingresos estables, los cuales provienen de trabajos menores y esporádicos que realiza el padre de familia.
Que los fondos serán destinados a la continuación del proyecto “Proceso de Valorización de Residuos Sólidos Urbanos Secos”.
Que, este Departamento Ejecutivo es competente para dictar el acto administrativo que otorgue la ayuda requerida.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º.- Ampliar en un treinta por ciento (30%) la ayuda económica otorgada a la “Asociación Civil Dignidad y Vida Sana”, por Resolución D.E.M. N° 032/19, a partir del mes de marzo de 2019, ascendiendo el beneficio a ciento ochenta y siete mil doscientos pesos ($187.200) mensuales, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- La entidad beneficiaría deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución N° 014/13.-
Art. 3º.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaria de Desarrollo Social – Categoría Programática 16.01.00 – O. del Gasto 5.1.7.0 -Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro – Fuente de Financiamiento: 110-Tesoro Municipal.-

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Resolución Intendente N° 001/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 001/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0855-01539380-4

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria General
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 001

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 ENE 2019
VISTO:
El Documento DE-0855-01539380-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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