Decreto DMM N° 02373/2016
- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 02373/2016
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
- N° expediente: DE-1073-01347120-6
Resumen
Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra “PAVIMENTO DE CALLE PADRE QUIROGA ENTRE CORRIENTES Y MENDOZA”, correspondiente a la Licitación Pública N° 22/15, contratada con la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A., por el término de sesenta (60) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 10 de febrero de 2017 inclusive.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaráz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2016– Nº 02373
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 DIC 2016
VISTO:
El Expediente DE-1073-01347120-6; y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificaciones de Obras, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, elevó la propuesta de ampliación del plazo de ejecución de la obra “PAVIMENTO DE CALLE PADRE QUIROGA ENTRE CORRIENTES Y MENDOZA“, correspondiente a la Licitación Pública N° 22/15, contratada con la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A., para la ampliación de sesenta (60) días corridos.
Que, en su informe, la precitada Dirección, señala que las demoras acaecidas en dicha obra se produjeron por razones técnicas, y otras no contempladas tales como la inseguridad permanente en la zona de obras o la oposición de grupos de vecinos a la continuidad de las mismas.
Que, en relación a estas últimas circunstancias las causales de las demoras fueron informadas oportunamente por la empresa, la cual expuso que el ritmo de obra fue entorpecido por causas que le son totalmente ajenas y cuyos antecedentes obran a través de las Notas de Pedido Nº 55, 56, 57, 64, 65, y ss., agregados en autos.
Que, las demoras en el avance de obra en cuanto a los asuntos técnicos se debieron a la existencia de interferencias subterráneas con la traza de la cañería de Ø 800mm que discurre por calle Aguado.
Que, además, la cañería de desagüe a conectar también interfería con una boca de registro ejecutada en la cañería de impulsión de la obra de cloacas del Barrio Santa Rosa de Lima y 12 de Octubre, al que debió sumárseles dos cañerías de agua y una de gas, que interferían altimétricamente con la cañería a ejecutar.
Que, a lo expuesto deben considerarse los días de lluvias y exceso de humedad que se produjeron en el transcurso de la obra en el mes de noviembre, que se encuentra debidamente justificados a los fines de disponer la ampliación del plazo de ejecución de la misma.
Que, la Asesoría Legal interviniente, considera ajustado a derecho el otorgamiento de sesenta (60) días corridos, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 10.02.2017, con fundamento de las previsiones de los artículos 52 y 53 del Pliego aplicable.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin de determinar la ampliación del plazo de ejecución de la presente obra, dictando al efecto el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.
Art. 1°: Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra “PAVIMENTO DE CALLE PADRE QUIROGA ENTRE CORRIENTES Y MENDOZA”, correspondiente a la Licitación Pública N° 22/15, contratada con la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A., por el término de sesenta (60) días corridos, estableciendo como fecha de finalización el día 10 de febrero de 2017 inclusive.
Art. 2°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificaciones de Obras. Fecho, archivará estas actuaciones en el legajo de obra.
Art. 3°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-