Establece un régimen excepcional para la regularización de procedimientos destinados a la aprobación de urbanizaciones y/o subdivisiones que iniciadas con anterioridad a la sanción de la Ordenanza N° 11.748 aún se encuentra en trámite y por lo tanto no han alcanzado la aprobación de conformidad a lo previsto en la Ordenanza N° 7.677 – Reglamento de Urbanizaciones y Subdivisiones. Promulgación Tácita.
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