Resolución Intendente N° 628/2019

23 de enero de 2020
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 628/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01569684-2

Resumen
Hacer lugar parcialmente al reclamo interpuesto por el Atilio Salas Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada, en relación al contrato de locación de inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 1841, Piso 9 Departamento D, Torre B de esta ciudad, numerado y registrado en el Decreto D.M.M. Nº 01287/16, reconociendo las sumas de pesos diecisiete mil novecientos ($17.900) en concepto de alquiler del mes de Diciembre/18, el valor de pesos tres mil ochocientos cuarenta y dos con setenta y nueve centavos ($3.842,79) por expensas del mismo mes y año, y el monto de pesos tres mil quinientos ochenta ($3.580) en concepto de multa por la restitución tardía del inmueble, totalizando la suma de pesos veinticinco mil trescientos veintidós con setenta y nueve centavos ($25.322,79).-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA RESOLUCION Nº 628

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 13 NOV 2019

VISTO:
El Documento: DE-0448-01569684-2 (VS), y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el reclamo administrativo interpuesto por Atilio Salas Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada, en vinculación al contrato de locación de inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 1841, Piso 9 Departamento D, Torre B de esta ciudad, numerado y registrado en el Decreto D.M.M. Nº 01287/16;
Que, la inmobiliaria reclama al municipio siguientes rubros: 1) alquiler correspondiente al mes de diciembre del año 2018, por la suma de pesos diecisiete mil novecientos ($17.900); 2) multa del veinte por ciento (20%) de aquél importe por la restitución tardía del inmueble, por el valor de pesos tres mil quinientos ochenta ($ 3.580) y 3) la limpieza del inmueble y calefón, por la suma de pesos dos mil ($ 2.000);
Que, sobre el particular el Programa Gestión de Bienes, Compras y Suministros detalló que el inmueble fue desocupado al vencimiento del contrato, es decir noviembre de 2.018, informando además que luego de esa fecha se realizaron tareas de limpieza y puesta en condiciones hasta 17/01/18;
Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 124/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que del Informe emitido por las reparticiones intervinientes y las argumentaciones del reclamante, se encuentra acreditado que el municipio procedió a la devolución del inmueble en la fecha que consta en el acta de recepción de las llaves, es decir 17/01/19;
Que, con relación a los gastos de limpieza que se reclama, dado que no han sido probados ni respaldados mediante la documental fehacientemente, corresponde rechazarlos;
Que, en consecuencia el Órgano Asesor entiende que corresponde hacer lugar parcialmente al reclamo interpuesto, debiéndosele abonar el alquiler y expensas correspondientes al mes de diciembre del año 2018 y la multa por la restitución tardía del inmueble, no así los gastos de limpieza;
Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Hacer lugar parcialmente al reclamo interpuesto por el Atilio Salas Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada, en relación al contrato de locación de inmueble ubicado en calle Urquiza Nº 1841, Piso 9 Departamento D, Torre B de esta ciudad, numerado y registrado en el Decreto D.M.M. Nº 01287/16, reconociendo las sumas de pesos diecisiete mil novecientos ($17.900) en concepto de alquiler del mes de Diciembre/18, el valor de pesos tres mil ochocientos cuarenta y dos con setenta y nueve centavos ($3.842,79) por expensas del mismo mes y año, y el monto de pesos tres mil quinientos ochenta ($3.580) en concepto de multa por la restitución tardía del inmueble, totalizando la suma de pesos veinticinco mil trescientos veintidós con setenta y nueve centavos ($25.322,79).-
Art. 2º: Rechazar el reclamo efectuado por la firma Atilio Salas Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada la suma pesos dos mil ($2.000) en concepto de limpieza del inmueble y calefón, del inmueble de calle Urquiza Nº 1841, Piso 9, Dpto. D, Torre B.-
Art. 3º: Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en autos.-
Art. 4º: Remitir la presente a la Dirección de Administración Financiera para su conocimiento y demás fines que estime corresponder. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

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