Resolución Intendente N° 666/2019

17 de enero de 2020
Volver a Normativas
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 666/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
    N° expediente: CO-0062-01581505-3 (PPC)
Resumen
Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma ASTILLERO SAN IGNACIO S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-71124479-0, a realizar en el domicilio de Avda. Blas Parera N° 5621, Distrito C2c, la actividad “FABRICACIÓN DE BOTES, mediante el empleo de resina sintética”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-
Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de tres (3) años.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 666

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento CO-0062-01581505-3 (PPC), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Sra. Fernanda Soledad Rojas, en su carácter de Socia Gerente de la firma Astillero San Ignacio S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-71124479-0, solicita al Honorable Concejo Municipal la renovación de la habilitación de negocio por Via de Excepción otorgada según Resolución Nº 17623/17 para desarrollar la Actividad Fabricación de Botes mediante el empleo de resina sintética;

Que, el Honorable Concejo Municipal solicita el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente;

Que, el Verificador de la Dirección de Habilitaciones informa que el inmueble donde se desarrolla la actividada comercial dispone de módulo de carga y descarga solicitado por la Obs. Nº 12 del ROU – Ordenanza Nº 11.748;

Que, la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable, otorga Conformidad Ambiental, sugiriendo un plazo de autorización por el términos de tres (3) años;

Que, la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas, informa que el inmueble donde se lleva adelante la actividad posee deudas de Tasa General de Inmueble en estado de Cobro en Gestión Administrativa;

Que, remitidas las actuaciones a Fiscalía Municipal, la misma expresa que no existen antecedentes relacionados a la presente actuación;

Que, la Dirección de Urbanismo manifiesta que, lo peticionado, corresponde a una renovación de uso para continuar desarrollando la actividad de “Fabricación de Botes con el empleo de resina sintética” en el Rubro Actividad Industrial – Clase 2, en el domicilio de Avda. Blas Parera Nº 5621 – Distrito C2c, la cual solo esta admitida en los Distritos I, con la salvedad que establece la normativa;

Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen Nº 23/19, comparte lo manifestado por las distintas áreas, sugiriendo el dictado de la Resolución Ad-Referendum del Honorable Concejo Municipal;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma ASTILLERO SAN IGNACIO S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-71124479-0, a realizar en el domicilio de Avda. Blas Parera N° 5621, Distrito C2c, la actividad “FABRICACIÓN DE BOTES, mediante el empleo de resina sintética”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-

Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de tres (3) años.-

Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-

Art. 4º: Con mensaje de estilo, remitir al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

  • Enlace
  • Documentos