Decreto DMM N° 00201/2019

5 de junio de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00201/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1086-01577536-4

Resumen

Créase un (1) cargo de Director/a Zonal de Jardines Municipales, previsto en el Capítulo V – Del Agrupamiento Docente – Art. 9º: Del Nivel Inicial, inc. a) Cuerpo Directivo, del Estatuto del Docente Municipal de la Ciudad de Santa Fe, Ordenanza Nº 12.092.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Prof. Érika A. Figueroa, Secretaria de Educación

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00201

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 ABR 2019
VISTO:
El Documento: DE-1086-01577536-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Secretaria de Educación, solicita se arbitren las medidas pertinentes, a fin de que se cree un (1) cargo de Director/a Zonal de Jardines Municipales, previsto en el Capítulo V – Del Agrupamiento Docente – Art. 9º: Del Nivel Inicial, inc. a) Cuerpo Directivo, del Estatuto del Docente Municipal de la Ciudad de Santa Fe, Ordenanza Nº 12.092.
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la presente erogación y la Subsecretaría de la Función Pública no formula objeciones a lo solicitado.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal estima conveniente la creación de dichos cargos y resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1. Créase un (1) cargo de Director/a Zonal de Jardines Municipales, previsto en el Capítulo V – Del Agrupamiento Docente – Art. 9º: Del Nivel Inicial, inc. a) Cuerpo Directivo, del Estatuto del Docente Municipal de la Ciudad de Santa Fe, Ordenanza Nº 12.092.-
Art. 2. Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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