- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00954/2017
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Hacienda
- N° expediente: DE-0430-01469015-0
Resumen
Apruébase el Presupuesto analítico del Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz sancionado por Ordenanza Nº 12.456 de fecha 21 de Diciembre de 2017, conforme al detalle obrante en los anexos que forman parte del presente decreto.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2017 – Nº 00954
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2017
VISTO:
El expediente DE-0430-01469015-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, a partir del ejercicio 2009 se implementaron en el ámbito Municipal las disposiciones emergentes de la Ordenanza Nº 10.610 que establece y regula los Sistemas de Administración Financiera y Control Interno del Sector Público Municipal.
Que, el artículo 35 de la Ordenanza 10.610 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la distribución analítica de los créditos del presupuesto sancionado para el año 2018.
Que, al no contar con información referida al Tribunal de Cuentas Municipal, al Honorable Concejo Municipal, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social es necesario invitar a dichas entidades, las cuales conforman el Sector Público Municipal a que confeccionen sus respectivos Presupuestos Analíticos de conformidad con la normativa vigente.
Que, conforme al artículo 37 de la Ordenanza 10.610, el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado a efectuar modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados en la clasificación programática y en las distintas funciones dentro de la respectiva finalidad.
Que, el artículo 25 de la Ordenanza Nº 12.456 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar al Presupuesto los mayores recursos que se produjeran por sobre lo previsto, ampliando las correspondientes partidas de gastos, cuando los recursos de libre disponibilidad a incorporar no superen el cinco por ciento del total del presupuesto establecido, y a modificar las partidas presupuestarias cuando se otorguen plazos financieros para cancelar compromisos contraídos que excedan el ejercicio 2018, siempre que la obligación esté afectada presupuestariamente en su totalidad en dicho ejercicio.
Qué, asimismo, el artículo 27 de la Ordenanza 12.456 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar la distribución funcional del gasto en el curso del ejercicio, en tanto el monto total anual de dichas modificaciones no supere el cinco por ciento del total de presupuesto establecido en la ordenanza.
Que, el artículo 32 de la Ordenanza Nº 12.456 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer modificaciones en la Planta de Personal con la sola limitación de no aumentar el total general de cargos fijados para la Administración Municipal.
Que, con el objetivo de agilizar los procedimientos administrativos, el Intendente en uso de las facultades atribuidas conforme lo expresado precedentemente, debe facultar a la Secretaría de Hacienda a la realización de las modificaciones presupuestarias enumeradas en los párrafos anteriores.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Apruébase el Presupuesto analítico del Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz sancionado por Ordenanza Nº 12.456 de fecha 21 de Diciembre de 2017, conforme al detalle obrante en los anexos que forman parte del presente decreto.-
Art. 2º: Facúltase a la Secretaría de Hacienda a la incorporación de recursos no previstos en la Ordenanza de Presupuesto 2018 – Nº 12.456 y a modificar las partidas presupuestarias cuando se otorguen plazos financieros, atento a lo dispuesto en el artículo 25º de dicha norma.-
Art. 3º: Facúltase a la Secretaría de Hacienda a la realización de modificaciones presupuestarias compensadas dentro del total de créditos asignados en el Presupuesto de la Administración Municipal, aprobado para el ejercicio 2018, en el marco del Art. 37 de la Ordenanza 10.610 y del Art. 27 de la Ordenanza 12.456, en las condiciones previstas en dichas normas.-
Art. 4º: Facúltase a la Secretaría de Hacienda a realizar modificaciones en la Planta de Personal con la limitación prevista en el artículo 32 de la Ordenanza Nº 12.456.-
Art. 5º: Invítase al Tribunal de Cuentas Municipal, al Honorable Concejo Municipal, Organismos Descentralizados y Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones que confeccionen sus respectivos Presupuestos Analíticos de conformidad con la normativa vigente.-
Art. 6º: Refréndese el presente por la Sra. Secretaria de Hacienda y la Sra. Secretaria de Gobierno.
Art. 7º: Comuníquese, publíquese y dése D.M.M. y R.M.