Resolución HCM 24.594
Dispone que el DEM realice estudios para instalar señalética con nombre y sentido de calle en Estanislao Zeballos al 3800-3900 y en su intersección con Presbítero Luis Dusso al 6700-6800. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para instalar señalética con nombre y sentido de calle en Estanislao Zeballos al 3800-3900 y en su intersección con Presbítero Luis Dusso al 6700-6800. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para construir rampas en la intersección de Santiago del Estero y San Martín. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para extender el Paseo Escalante hacia el Oeste a través de la ex traza ferroviaria, desde la intersección de las calles Saavedra y Pasaje Gobernador Cullen hasta Av. López y Planes. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para instalar un carte vial indicando Calle Sin Salida en intersección de las calles Belgrano e Iturraspe. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para permitir el estacionamiento en ambas manos en la zona comprendida por Pavon, General Paz, Ángel Cassanello y Avenida Almirante Brown. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para pavimentar calle French entre Avenida Peñaloza y Juan Díaz de Solís. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para cumplimentar con la recolección de residuos los días correspondientes en calle Juan de Garay del 3500 al 3800. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM realice estudios para construir una bajada pública de embarcaciones en la ubicación que se estime más pertinente, para uso deportivo y recreativo. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM gestone ante las empresas del transporte público de pasajeros por colectivos, la gratuidad del viaje el día 23 de noviembre en el horario de 15 a 22hs, cualquiera sea el origen y destino del traslado, a fin de participar de la Marcha del Orgullo Santa Fe y de las actividades organizadas. Promulgación Tácita.
Dispone que el DEM equipare los comercios habilitados bajo las normas de la Ordenanza N° 11.855- Clubes de Música en Vivo, modificatoria de la Ordenanza N° 9.139 – Espectáculos Públcos, ambas normas hoy derogadas, a las previsiones del art. 9°- Espacios Culturales de la Ordenanza N° 12.852 – Esparcimiento y Ocio Nocurno, y a los fines tributarios quedarán subsumidos en el art. 23° de la Ordenanza N° 12.226 y modificatorias. Promulgación Tácita.