Resolución Intendente N° 448/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 448/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01550211-5 (NI)

Resumen

Excluir del Anexo de la Resolución Nº 250/18 a la Sra. María Carolina MALDONADO, D.N.I. Nº 28.939.797, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 448

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 NOV 2018

VISTO:

El Documento DE-0444-01550211-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la Secretaría de Cultura, solicita la rectificación de la Resolución Nº 250/18, en virtud de consignarse erróneamente la limitación del contrato de servicios suscripto con la Sra. María Carolina MALDONADO, D.N.I. Nº 28.939.797, al 09.03.2018 y atento a que la mencionada prestó servicios hasta el 31.03.2018, dando cumplimiento a lo establecido en su contrato, aprobado y registrado por Resolución Nº 128/17;

Que, en consecuencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita dictar el acto administrativo pertinente, que disponga excluir del Anexo de la Resolución Nº 250/18 a la Sra. MALDONADO;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Excluir del Anexo de la Resolución Nº 250/18 a la Sra. María Carolina MALDONADO, D.N.I. Nº 28.939.797, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2°: Remítase a la Dirección de Administración Financiera a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 432/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 432/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0250-01550024-2 (N)

Resumen

Otorgar a la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M) en las personas de su Secretario General, Juan Ramón Medina – D.N.I. Nº 16.400.359 y de su Secretario de Finanzas, José Orlando Gimenez – D.N.I. Nº 14.048.646, un subsidio por la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000), a fin de solventar parte de los gastos de la organización de la “9º Edición de la Fiesta de A.S.O.E.M.”, conforme los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 432

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 NOV 2018

VISTO:

El Documento Nº DE-0250-01550024-2 (N), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la misma la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M.), solicita el otorgamiento de un subsidio de cuarenta mil pesos ($40.000) para solventar parte de los gastos de organización de la 9º Edición de la Fiesta de A.S.O.E.M., a realizarse en el Centro de Convenciones Estación Belgrano, el día 02 de noviembre de 2018.

Que, dicho evento tiene por motivo el agasajo de los empleados municipales en su día festivo, siendo de gran concurrencia año a año por empleados de la ciudad y aledañas como San José del Rincón, Recreo, Monte Vera y Arroyo Leyes.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal adhiere a su realización y estima oportuno acceder a lo peticionado dictándose el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Otorgar a la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M) en las personas de su Secretario General, Juan Ramón Medina – D.N.I. Nº 16.400.359 y de su Secretario de Finanzas, José Orlando Gimenez – D.N.I. Nº 14.048.646, un subsidio por la suma de cuarenta mil pesos ($ 40.000), a fin de solventar parte de los gastos de la organización de la “9º Edición de la Fiesta de A.S.O.E.M.”, conforme los considerandos precedentes.-

Art. 2º.- La entidad beneficiaria deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-

Art. 3º.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción 1110107000 Secretaría de Cultura – Categoría Programática 01.00.00- O. del Gasto: 5.1.7.0 – Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro – Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal.-

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Resolución Intendente N° 426/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 426/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: EP-0227-01548103-9 (N)

Resumen

Dejar sin efecto los cheques Nº 76105622 y 76105623, que corresponden con pagos consignados por aplicación de la Resolución Nº 271/18.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 426

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 OCT 2018

VISTO:

El documento EP-0227-01548103-9 (N); y,

CONSIDERANDO:

Que, a través de las actuaciones de referencia la Secretaría de Hacienda solicita, a fin de no mantener recursos inmovilizados y obtener rendimientos financieros, se dejen sin efecto los cheques Nº 76105622 y 76105623.

Que, habiendo tomado intervención Fiscalía Municipal manifiesta mediante Providencia Nº 128/18, que dichos cheques fueron emitidos y se encuentran consignados como consecuencia del dictado de la Resolución DEM Nº 271/18.

Que, este Departamento Ejecutivo comparte lo requerido por la Secretaría de Hacienda, siendo competente para el dictado del acto administrativo que anule los cheques referidos.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Dejar sin efecto los cheques Nº 76105622 y 76105623, que corresponden con pagos consignados por aplicación de la Resolución Nº 271/18.

Art. 2°: Girar copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, archívese.

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Resolución Intendente N° 400/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 400/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01543906-0 (NI)

Resumen

Otorgar una beca de cuatrocientos pesos ($400), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.
Otorgar una beca de dos mil ciento cincuenta pesos ($2.150), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos laborales en asociaciones civiles financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo II de la presente.
Otorgar una beca de tres mil pesos ($3.000), a las personas incluidas en el Anexo III de la presente.
Otorgar una beca de cuatro mil pesos ($4.000), a las personas incluidas en el Anexo IV de la presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 400

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 9 OCT 2018

VISTO:

El Documento DE-1051-01543906-0 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución D.E.M. N° 350/16 (modificada por Resolución D.E.M. Nº 356/16) se creó un programa de becas para la inclusión social, a través de la capacitación y/o mejoramiento de las condiciones laborales, de Recolectores Urbanos Informales registrados, por el cual se otorga un monto de hasta cuatro mil pesos ($4.000), por el término de tres meses.

Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de Septiembre a las personas que se mencionan en los Anexos que forman parte de la presente, las becas dispuestas en el mencionado programa.

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1: Otorgar una beca de cuatrocientos pesos ($400), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Art. 2: Otorgar una beca de dos mil ciento cincuenta pesos ($2.150), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos laborales en asociaciones civiles financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo II de la presente.

Art. 3: Otorgar una beca de tres mil pesos ($3.000), a las personas incluidas en el Anexo III de la presente.

Art. 4: Otorgar una beca de cuatro mil pesos ($4.000), a las personas incluidas en el Anexo IV de la presente.

Art. 5: Remitir copia a la Secretaria de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente resolución.

Art. 6: Tome conocimiento la Dirección de Escuelas de Trabajo y la Secretaria de Desarrollo Social, las que deben hacer saber de lo aquí dispuesto a los beneficiarios.

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Resolución Intendente N° 366/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 366/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1049-01524825-5 (NI)

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, detallados en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 01 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2018, por el monto de pesos mil quinientos ($ 1.500) mensuales, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de la Dirección de Mantenimiento Vial- Secretaría de Obras Públicas.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 366

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 SEP 2018

VISTO:

El Documento DE-1049-01524825-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de ciertos practicantes, detallados en el anexo adjunto, beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, dependientes de la Secretaría de Obras Públicas, a partir del 01 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2018, por el monto de mil quinientos pesos ($ 1.500) mensuales;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, en razón de los servicios extraordinarios que los practicantes llevaron a cabo en el ámbito de la Dirección de mantenimiento Vial;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, detallados en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución, a partir del 01 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2018, por el monto de pesos mil quinientos ($ 1.500) mensuales, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de la Dirección de Mantenimiento Vial- Secretaría de Obras Públicas.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 372/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 372/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01511122-2 (VS)

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y y Levante General de Montones de calles sin Cordones con retropala y un camión (D.M.M. N” 02369/16), por la diferencia de precios unitarios del mes de marzo/18 en relación a los precios del mes de noviembre/17, fijados por Resolución Nº 151/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 372

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 SEP 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01511122-2 (VS) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F.-UTE, concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15, en este caso por la diferencia de precios unitarios del mes de marzo/18 en relación a los precios del mes de noviembre/17, fijados por Resolución Nº 151/18;

Que, se procedió a calcular los nuevos valores del ítems VI –Levante de Montones- según lo establecido por las actas acuerdo aprobadas por los Decretos D.M.M. Nº 01892/14 y Nº 02806/14, agregándose en esta oportunidad la adenda numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la cual se fija un precio por un nuevo servicio de Levante de Montones a partir de enero de 2017;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y siendo prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;

Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio aplicable resulta ser: I- Recolección de Residuos, pesos sesenta con doce centavos ($60,12); II- Asistencia a Minibasurales, pesos trescientos treinta y nueve con dieciocho centavos ($ 339,18); III-Barrido Manual, pesos doscientos sesenta y siete con doce centavos ($ 267,12); IV-Barrido Mecánico, pesos cuarenta y dos con ochenta y un centavos ($42,81); V-Levante de Montones, pesos dos millones doscientos veinticinco mil ochocientos ochenta y cinco con sesenta y nueve centavos ($ 2.225.885,69); VI- Levante General de Montones de calles sin Cordones (D.M.M. Nº 00276/13), un millón novecientos treinta y ocho mil doscientos cuarenta y tres con setenta y seis centavos ($1.938.243,76); VII- Levante General de Montones de calles sin Cordones (D.M.M. Nº 01266/15), pesos un millón cuatrocientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y nueve con ochenta y siete centavos ($ 1.414.449,87) y por último la adenda por la incorporación del servicio Levante Gral. de Montones con retropala y un camión (D.M.M. Nº 02369/16), pesos novecientos once mil veintidós con setenta centavos ($911.022,70);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;

Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y y Levante General de Montones de calles sin Cordones con retropala y un camión (D.M.M. N” 02369/16), por la diferencia de precios unitarios del mes de marzo/18 en relación a los precios del mes de noviembre/17, fijados por Resolución Nº 151/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de abril del año 2018.-

Art. 3º.- Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 453/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 453/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01538677-4 (VS)

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y y Levante General de Montones de calles sin Cordones con retropala y un camión (D.M.M. N” 02369/16), por la diferencia de precios unitarios del mes de agosto/18 en relación a los precios del mes de abril/18, fijados por Resolución Nº 372/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 453
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 NOV 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01538677-4 (VS) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F.-UTE, concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15, en este caso por la diferencia de precios unitarios del mes de agosto/18 en relación a los precios del mes de abril/18, fijados por Resolución Nº 372/18;
Que, se procedió a calcular los nuevos valores del ítems VI –Levante de Montones- según lo establecido por las actas acuerdo aprobadas por los Decretos D.M.M. Nº 01892/14 y Nº 02806/14, agregándose en esta oportunidad la adenda numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la cual se fija un precio por un nuevo servicio de Levante de Montones a partir de enero de 2017;
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y siendo prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;

Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio aplicable resulta ser: I- Recolección de Residuos, pesos sesenta y seis con trece centavos ($66,13); II- Asistencia a Minibasurales, pesos trescientos setenta y cinco con diecinueve centavos ($ 375,19); III-Barrido Manual, pesos doscientos ochenta y nueve ($ 289); IV-Barrido Mecánico, pesos cuarenta y siete con sesenta y cuatro centavos ($47,64); V-Levante de Montones, pesos dos millones cuatrocientos treinta y tres mil quinientos setenta y seis con ochenta y tres centavos ($ 2.433.576,83); VI- Levante General de Montones de calles sin Cordones (D.M.M. Nº 00276/13), dos millones ciento treinta y dos mil tres con sesenta y seis centavos ($2.132.003,66); VII- Levante General de Montones de calles sin Cordones (D.M.M. Nº 01266/15), pesos un millón quinientos cincuenta y cinco mil ochocientos cuarenta y siete con ochenta centavos ($ 1.555.847,80) y por último la adenda por la incorporación del servicio Levante Gral. de Montones con retropala y un camión (D.M.M. Nº 02369/16), pesos un millón dos mil noventa y cuatro con sesenta y seis centavos ($ 1.002.094,66);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de Recolección y Transporte de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01298/11 y 00848/12, estos últimos reestructurados por Acta de Compromiso numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00276/13, como así también el Levante General de Montones de Calles sin Cordones- Ampliación, Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y y Levante General de Montones de calles sin Cordones con retropala y un camión (D.M.M. N” 02369/16), por la diferencia de precios unitarios del mes de agosto/18 en relación a los precios del mes de abril/18, fijados por Resolución Nº 372/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º.- Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de agosto del año 2018.-
Art. 3º.- Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 458/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 458/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0526-01531232-5 (NI)

Resumen

Autorizar a la Dirección de Personal (Departamento Sueldos) a habilitar un código de descuento a los fines de retener de los haberes de los agentes inscriptos en los cursos MUNIGESTION 2018, detallados en el anexo adjunto, el importe total de novecientos pesos ($ 900) por cada curso, instrumentado en tres (03) cuotas de pesos trescientos ($300) en los meses de noviembre y diciembre de 2018 y enero de 2019.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 458
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 NOV 2018
VISTO:
El Documento DE-0526-01531232-5 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita se autorice a la Dirección de Personal- Departamento Sueldos- a habilitar un código de descuento a los fines de retener de los haberes de los agentes inscriptos en los cursos MUNIGESTION 2018, detallados en el anexo adjunto, el importe total de novecientos pesos ($ 900) por cada curso, instrumentado en tres (03) cuotas de pesos trescientos ($300) en los meses de noviembre y diciembre de 2018 y enero de 2019;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar a la Dirección de Personal (Departamento Sueldos) a habilitar un código de descuento a los fines de retener de los haberes de los agentes inscriptos en los cursos MUNIGESTION 2018, detallados en el anexo adjunto, el importe total de novecientos pesos ($ 900) por cada curso, instrumentado en tres (03) cuotas de pesos trescientos ($300) en los meses de noviembre y diciembre de 2018 y enero de 2019.
Art. 2º: Para su cumplimiento, dése intervención a la Dirección de Personal y de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 454/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 454/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0353-01548752-3 (NI)

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, en el marco de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ PUBLICAR S.A. s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01955110-2), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad, acuerdo transaccional en los términos y con los alcances expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 454
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 NOV 2018
VISTO:
El Documento DE-0353-01548752-3 (NI) y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, tramitó la propuesta de pago total y definitivo del capital e intereses, correspondiente a los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ PUBLICAR S.A. s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01955110-2), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe.
Que, de la mencionada causa surge la existencia de una acreencia en favor de este Municipio como consecuencia del pronunciamiento dictado en el proceso referido, el que ha adquirido firmeza, tratándose de una deuda líquida y exigible.
Que, luego de un profuso intercambio de posiciones en relación a las pautas para su pago, las partes han logrado un consenso definitivo al respecto.
Que, este Departamento Ejecutivo estima conveniente llevar adelante el acuerdo referido, por lo que corresponde dictar el acto administrativo que autorice a Fiscalía Municipal a la suscripción del mismo.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, en el marco de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ PUBLICAR S.A. s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01955110-2), de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de esta ciudad, acuerdo transaccional en los términos y con los alcances expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Remitir a Fiscalía Municipal a los fines dispuestos. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 463/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 463/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0530-01551607-3 (NI)

Resumen

Acéptase la cesión sin cargo efectuada a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, consistente en los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 463
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 NOV 2018
VISTO:
El Documento DE-0530-01551607-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, se ceden sin cargo a favor de esta Municipalidad los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal acepta ad referendum la referida donación, conforme lo establecido por los artículos 39, inciso 8°, y 41, inciso 25°, de la Ley 2.756, debiéndose en consecuencia dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º.- Acéptase la cesión sin cargo efectuada a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz por Resolución 2018-655-APN-SGP de la Secretaría General de Presidencia de la Nación, dictada en fecha 22 de octubre de 2018, consistente en los bienes comprendidos en la Disposición N° 5/2018 (AD RAFA), dictada en la Aduana de Rafaela, todo ello en el marco del artículo 4° de la Ley Nacional N° 25.603 y modificatorias.
Art. 2º.- Dispónese la afectación de los bienes cedidos a la Secretaría de Desarrollo Social.
Art. 3º.- Remítanse copias de la presente y de los actuados al Honorable Concejo Municipal a los fines correspondientes.

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