Resolución Intendente N° 473/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 473/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Control
  • N° expediente: EN-0394-01322418-3 (RP)

Resumen

Rechazar el planteo recursivo formulado en autos por el Correo Oficial de la República Argentina S.A., a través de su apoderado, por los motivos expresados en el considerando del presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Ramiro Dall’Aglio, Secretario de Control
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 473

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 NOV 2018

VISTO:

El Documento EN-0394-01322418-3 (RP) y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, tramita el Recurso de Apelación interpuesto por la firma Correo Oficial de la República Argentina S.A., mediante apoderado, contra la Resolución N° 131/17 de la Secretaría de Control de la Municipalidad de Santa Fe;

Que, en fecha 21 de julio de 2016, el Correo Oficial de la República Argentina S.A., a través de su apoderado, efectuó una presentación, observando y recurriendo la notificación N° 48218, por la cual se comunicó el acta de constatación N° 631980, que verificó la ausencia de habilitación y aplico una multa por la suma de pesos mil trescientos cuarenta y dos ($1.342);

Que, mediante resolución N° 131/17, la Secretaría de Control rechazó el planteo formulado; acto que fue impugnado por la firma mencionada;

Que, en consecuencia, por Resolución N° 164/17, la Secretaría de Control concedió la apelación promovida, dando intervención a Fiscalía Municipal, al efecto de que la firma recurrente exprese los agravios correspondientes, carga procedimental que fue cumplimentada en tiempo y forma;

Que, el órgano asesor precitado, mediante el Dictamen N° 094/18 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresó que no corresponde hacer lugar al recurso incoado, pues el accionar municipal efectuado se enmarcó en el ejercicio del poder de policía que le corresponde, referente a la habilitación de locales comerciales, en cumplimiento a las Ordenanzas aplicables;

Que, en efecto, la Administración Municipal ejerció sus potestades de control en relación al cumplimiento de las disposiciones locales, especialmente en materia de habilitación de establecimientos comerciales (Ordenanza N° 12.056) y en las potestades tributarias sobre las actividades que en ellos se desarrollan, por lo que los agravios exteriorizados por la recurrente deben ser desestimados;

Que, en virtud de lo expuesto, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir al acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E

Art.1º: Rechazar el planteo recursivo formulado en autos por el Correo Oficial de la República Argentina S.A., a través de su apoderado, por los motivos expresados en el considerando del presente.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber a la recurrente que con el dictado de la presente Resolución se ha agotado la instancia administrativa. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 480/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 480/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01557588-9 (N)

Resumen

Establecer, a partir de la 0:00 hora del día 8 de Diciembre de 2018, los nuevos valores para la Tarifa del Servicio Público de Taxis en nuestra ciudad, de conformidad a los considerandos de la presente, los que quedarán de la siguiente manera:

Tarifa Diurna – de 6 a 22 hs.
Bajada de Bandera $39,00
Ficha cada 130 mts $3,25
Minuto de espera y hasta 5 minutos $3,25
Más de 5 minutos de espera A convenir
Tarifa Nocturna – de 22 a 6 hs.
Bajada de Bandera $43,00
Ficha cada 130 mts $3,60
Minuto de espera y hasta 5 minutos $3,60
Más de 5 minutos de espera A convenir
Disponer que las unidades afectadas al servicio de red de taxi se presenten a verificar y precintar los aparatos taxímetros en la marca prevista en calle Las Heras (frente al Predio Ferial) en el horario de 8 a 16 hs. y de acuerdo al detalle de días que se expresan a continuación:
Lunes 10/12/18 Martes 11/12/18 Miércoles 12/12/18 Jueves 13/12/18 Viernes 14/12/18
001 al 140 141 al 280 281 al 420 421 al 560 561 al 681

“El reloj solo deberá encender presionando la tarifa 1, el resto de los botones deberán estar bloqueados”.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 480

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 DIC 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01557588-9 (N), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la SOCIEDAD TAXIMETRISTAS UNIDOS DE SANTA FE, representada por su presidente, Sr. Francisco Antonio AIELLO, y por su secretario, Sr. Damián COCERES, solicita actualizar la tarifa vigente para la prestación del servicio de taxis en nuestra ciudad;

Que, dicha solicitud obedece a la necesidad de paliar los aumentos que se produjeron en los últimos meses en los rubros de combustible, mantención del vehículo y costo de vida;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 11.661 y su modificatoria Ordenanza N° 11.896, el cuadro tarifario se referencia en el valor de la nafta especial;

Que, según los valores actuales de dicho producto, las tarifas “Bajada de Bandera de $41,73” y “Valor de la Ficha de $3,48”, para la franja horaria Diurna y, “Bajada de Bandera de $45,90” y “Valor de la Ficha de $3,82” para la franja horaria Nocturna, configuran el máximo permitido por la Ordenanza vigente;

Que, tomando en cuenta la fecha de la última modificación de los valores, acaecida en el mes de Junio de 2018, mediante Resolución D.E.M. Nº 194/18, resulta pertinente la revisión de la estructura tarifaria.

Que, sin perjuicio de lo señalado, de acuerdo al procedimiento previsto en la normativa vigente y de los informes técnicos dispuestos por la Subsecretaría de Planeamiento de la Movilidad se deduce como suficiente actualizar la Bajada de Bandera a $39,00, el Valor de la Ficha a $3,25 y la tarifa para el minuto de espera (hasta 5 minutos), a $3,25 en franja horaria Diurna; y la Bajada de Bandera a $43,00, el Valor de la Ficha a $3,60 y la tarifa para el minuto de espera (hasta 5 minutos), a $3,60 en franja horaria Nocturna, dejando librado a convenio entre las partes cuando la espera supera los cinco minutos.

Que, intervino la Asesoría Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano, conjuntamente con la Subsecretaría de Planeamiento de la Movilidad, quien manifiesta que corresponde autorizar el incremento en la tarifa, conforme a lo informado por la Dirección de Habilitación del Transporte Público;

Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, el Departamento Ejecutivo Municipal considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente que autorice el nuevo precio de la tarifa del Servicio Público de Taxis en la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Establecer, a partir de la 0:00 hora del día 8 de Diciembre de 2018, los nuevos valores para la Tarifa del Servicio Público de Taxis en nuestra ciudad, de conformidad a los considerandos de la presente, los que quedarán de la siguiente manera:

Tarifa Diurna – de 6 a 22 hs.
Bajada de Bandera $39,00
Ficha cada 130 mts $3,25
Minuto de espera y hasta 5 minutos $3,25
Más de 5 minutos de espera A convenir
Tarifa Nocturna – de 22 a 6 hs.
Bajada de Bandera $43,00
Ficha cada 130 mts $3,60
Minuto de espera y hasta 5 minutos $3,60
Más de 5 minutos de espera A convenir

Art. 2º: Disponer que las unidades afectadas al servicio de red de taxi se presenten a verificar y precintar los aparatos taxímetros en la marca prevista en calle Las Heras (frente al Predio Ferial) en el horario de 8 a 16 hs. y de acuerdo al detalle de días que se expresan a continuación:
Lunes 10/12/18 Martes 11/12/18 Miércoles 12/12/18 Jueves 13/12/18 Viernes 14/12/18
001 al 140 141 al 280 281 al 420 421 al 560 561 al 681

“El reloj solo deberá encender presionando la tarifa 1, el resto de los botones deberán estar bloqueados”.-

Art. 3º: Dar intervención a la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público a los efectos de su notificación.-

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Resolución Intendente N° 482/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 482/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1157-01543577-9 (NI)

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, detallados en el Anexo adjunto, que integra el presente, por el monto mensual consignado, con motivo de los servicios extraordinarios prestados durante el mes de septiembre de 2018.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 482

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 DIC 2018

VISTO:

El Documento DE-1157-01543577-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 detallados en la misma, en razón de los servicios extraordinarios llevados a cabo durante el mes de septiembre de 2018, efectuando tareas de limpieza durante el evento del TC 2000;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinentes;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, detallados en el Anexo adjunto, que integra el presente, por el monto mensual consignado, con motivo de los servicios extraordinarios prestados durante el mes de septiembre de 2018.

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 494/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 494/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01539410-9 (VS)

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de agosto/18 con relación a los precios del mes de abril/18, fijados por Resolución Nº 269/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 494
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 DIC 2018
VISTO:

El Documento DE-0448-01539410-9 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, la firma CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12, y Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15, alegando incrementos producidos en el mes de marzo/18, con respecto a los valores correspondientes al mes de abril/18, según Resolución Nº 0269/18;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00657 de fecha 1 de noviembre de 2004, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y que fuera prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499 de fecha 31 de mayo de 2007;

Que, se agrega el Servicio de Levante de Montículos con retropala y dos camiones, según acta numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02370/16;

Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio que corresponde aplicar resulta ser: I-Servicio de Recolección y Transporte de Residuos: pesos setenta ($70,00); II-Asistencia a Minibasurales: pesos quinientos ochenta y seis con dos centavos ($586,02); III) Barrido Manual: pesos doscientos cuarenta y siete con treinta y seis centavos ($247,36), IV) Barrido Mecánico: pesos cincuenta y tres con setenta y seis centavos ($53,76); V- Levante de Montículos: pesos dos millones trescientos sesenta y un mil siete con sesenta y tres centavos ($2.361.007,63); VI-Levante Gral. de Montones de calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01297/2011: pesos ochocientos cuarenta y nueve mil quinientos ochenta y siete con treinta y nueve centavos ($849.587,39),-Levante Gral. de Montones de Calles s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 00965/12: pesos ochocientos ocho mil setenta y seis con un centavos ($808.076,01), -Levante Gral. de Cordones s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15: pesos ochocientos cuatro mil seiscientos cincuenta y siete con dieciséis centavos ($804.657,16); -Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16: pesos un millón cuatrocientos ochenta y ocho mil veintidós con catorce centavos ($1.488.022,14);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;

Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E::

Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de agosto/18 con relación a los precios del mes de abril/18, fijados por Resolución Nº 269/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de agosto del año 2018.-
Art. 3º.- Remitir copia a la Dirección de Administración Financiera.-

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Resolución Intendente N° 493/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 493/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01373991-7

Resumen

Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por los Señores Andrés Oscar Demartín, Héctor Fabián Aguilar y Rafael Federico Acosta contra la Resolución Interna Nº 15/17 de la por entonces Secretaría de la Producción (hoy, Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia), en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 493
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 DIC 2018
VISTO:
El Documento Nº DE-0448-01373991-7 y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, tramita el recurso de apelación interpuesto por los Señores Andrés Oscar Demartín, Héctor Fabián Aguilar y Rafael Federico Acosta, contra la Resolución Interna Nº 015/17 de la Secretaría de la Producción, emitida en fecha 04.09.2017, mediante la cual se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto contra la denegación a la habilitación comercial oportunamente solicitada;
Que, mediante Resolución N° 16/2017, de fecha 28.09.2017, la Subsecretaría de Comercio concedió la apelación, elevando las actuaciones a Fiscalía Municipal, para su debida intervención;
Que, tras la expresión de agravios de los recurrentes, el órgano asesor emitió el Dictamen N° 101/18 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), aconsejando rechazar el recurso incoado, por su improcedencia; considerando que os recurrentes no presentan título suficiente para realizar las actividades en el inmueble que señalan, pues no han acreditado el derecho al uso del bien, en contravención a las exigencias de la Ordenanza N° 12.056 y su reglamentación;
Que, dicha reglamentación determina que solamente podrá acreditarse el derecho al uso de inmuebles, en materia de habilitaciones comerciales, mediante escrituras o contratos de alquiler debidamente sellados o comodato o boleto de compraventa con entrega de posesión debidamente sellado;
Que, por otro lado, el órgano asesor señala que el uso por excepción otorgado por el Honorable Concejo Municipal sólo se extiende al desarrollo de una actividad concreta en una zona determinada de la ciudad, en la que se encuentra inicialmente no permitida de acuerdo al Reglamento de Ordenamiento Urbano, cuestión que no subsana el incumplimiento a las exigencias propias en materia de habilitaciones;
Que, en suma, tales circunstancias impiden el otorgamiento de la habilitación pretendida, resultando competente este Departamento Ejecutivo a fin de emitir el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por los Señores Andrés Oscar Demartín, Héctor Fabián Aguilar y Rafael Federico Acosta contra la Resolución Interna Nº 15/17 de la por entonces Secretaría de la Producción (hoy, Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia), en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia y notifíquese a los recurrentes con nota de estilo en el domicilio común constituido, haciéndoles saber que se encuentra agotada la instancia administrativa. Cumplido, archívese.-

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Resolución Intendente N° 492/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 492/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: 

Resumen

Excluir a los agentes Julia SÁNCHEZ (Código Nº 11904) y Fernando RIVAS (Código Nº 10441) de los Anexos A y B, respectivamente, del Acta Acuerdo numerada y registrada mediante Decreto D.M.M. Nº 01871/12, a partir del 01 de enero de 2019.
Reconocer al agente Fernando RIVAS (Código Nº 10441) el Suplemento “Jornada Extendida”, contemplado en el Acta Acuerdo registrada por Decreto D.M.M. Nº 01871/12, a partir del 01 de enero de 2019.
Reconocer a la agente Julia SÁNCHEZ (Código Nº 11904) el Suplemento “Guardias Rotativas”, a partir del 01 de enero de 2019, conforme el art. 66 de la ley Nº 9.286.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 492
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0955-01537061-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Recaudación solicita el otorgamiento del Suplemento “Jornada Extendida” a favor de agente Fernando RIVAS (Código Nº 10441) y el otorgamiento del Suplemento “Guardias Rotativas” a la agente Julia SÁNCHEZ (Código Nº 11904), a partir del 01 de enero de 2019;
Que, la Dirección de Personal informa que ambos agentes revistan en esta Administración en calidad de Permanentes, con funciones de Cajero-Pagador, Categoría 17, Agrupamiento I-Administrativo, dependientes de la Dirección de Recaudación;
Que, que mediante Acta Acuerdo numerada y registrada mediante Decreto D.M.M. Nº 01871/12 se dispone el otorgamiento del Suplemento “Jornada Extendida” a favor de la agente SÁNCHEZ y del Suplemento “Guardias Rotativas” al agente RIVAS;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga, en primer lugar, excluir del Decreto D.M.M. Nº 01871/12- Anexo A, a la agente Julia SÁNCHEZ y del Anexo B al agente RIVAS, a partir del 01 de enero de 2019;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Excluir a los agentes Julia SÁNCHEZ (Código Nº 11904) y Fernando RIVAS (Código Nº 10441) de los Anexos A y B, respectivamente, del Acta Acuerdo numerada y registrada mediante Decreto D.M.M. Nº 01871/12, a partir del 01 de enero de 2019.
Art. 2º.- Reconocer al agente Fernando RIVAS (Código Nº 10441) el Suplemento “Jornada Extendida”, contemplado en el Acta Acuerdo registrada por Decreto D.M.M. Nº 01871/12, a partir del 01 de enero de 2019.
Art. 3º.- Reconocer a la agente Julia SÁNCHEZ (Código Nº 11904) el Suplemento “Guardias Rotativas”, a partir del 01 de enero de 2019, conforme el art. 66 de la ley Nº 9.286.

Art. 4º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a los mencionadas agentes, el suplemento reconocido en la presente.
Art. 5º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 490/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 490/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01407802-6 (VS)

Resumen

Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Nicolás Ángel Rettori, contra la Resolución Nº 226/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 490
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 DIC 2018

VISTO:

El Documento: DE-0448-01407802-6 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Nicolás Ángel Rettori, contra la Resolución Nº 226/17 de la Dirección de Rentas, en virtud de la cual se denegó el pedido de exoneración del padrón Nº 110061 del Derecho de Registro e Inspección, que se encuentra a su nombre;

Que, Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 391/17, declarando admisible el recurso planteado;

Que, el Sr. Rettori alega no poseer local comercial, sino que colabora con su madre Silvia Adriana González, titular del padrón del Derecho de Registro e Inspección Nº 90281, en la actividad comercial “Provisión de comidas preparadas para empresas”;

Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 103/18 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que en el domicilio declarado existen dos padrones de Derecho de Registro e Inspección por actividades afines, a nombre de diferentes personas, las cuales facturan en forma separada;

Que, conforme lo expuesto, el órgano asesor aconsejó rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Nicolás Ángel Rettori, contra la Resolución Nº 226/17 de la Dirección de Rentas;

Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Nicolás Ángel Rettori, contra la Resolución Nº 226/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-

Art. 2°.- Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en auto, haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa.-

Art. 3.- Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 401/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 401/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1111-01531379-4 (NI)

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 401

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 OCT 2018

VISTO:

El Documento DE-1111-01531379-4 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.

Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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Resolución Intendente N° 419/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 419/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0855-01526653-9 (NI)

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 419

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 OCT 2018

VISTO:

El Documento DE-0855-01526653-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.

Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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Resolución Intendente N° 444/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 444/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01519235-4 (VS)

Resumen

Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 444

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 09 NOV 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01519235-4 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la concesionaria del Sector II del Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I.y F. – U.T.E., solicitó el reconocimiento de los montos extraordinarios e imprevistos que debió erogar el día 17 de Junio de 2018, como consecuencia de la prestación normal de los servicios en dicha fecha, instituidas como feriados, no siendo de los contemplados en su oferta original.

Que, manifestó que los mayores costos reclamados ascienden a la suma de pesos setenta y cuatro mil ochocientos cinco pesos con sesenta y un centavos ($74.805,61) para el día 17 de Junio de 2018.

Que, la Dirección de Higiene Ambiental informó que el día 17 de Junio de 2018, la concesionaria prestó de manera normal los servicios.

Que, la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emitió opinión jurídica por el cual se compartió el criterio vertido por Fiscalía Municipal en Dictamen 31/2012, que concluyó “…que resultan plenamente aplicable al caso en estudio la totalidad de las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta que la fecha en cuestión… fue feriado dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con posterioridad a la oferta de servicios y a la contratación. Habiendo incurrido la concesionaria en costos mayores e imprevistos ante la necesidad de prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, y barrio y limpieza de calles en días feriados, este Órgano asesor entiende que correspondería su reconocimiento y pago, en la modalidad que la Superioridad y la Secretaria de Hacienda estimen convenientes y mediante el dictado del acto administrativo pertinente…”

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCO PESOS CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($74.805,61), para cubrir los mayores costos reconocidos por el Artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 17 de Junio de 2018, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando del presente.

Art. 3º: Girar copias a la Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido. ARCHIVESE.

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