Dispónese que el D.E.M. realice estudios de factibilidad técnica, económica y operativa, a través de la Secretaría que corresponda, para extraer el árbol ubicado en calle Suipacha Nº 3.024, arbitrando los medios necesarios con la Empresa Aguas Santafesinas S.A., con el objeto de reparar los daños producidos en los caños de agua por el crecimiento de las raíces del Árbol. Promulgación Tácita.
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