Autoriza a Daniela Sanch a desistir del proceso, no de la acción, contra los codemandados Montenegro María E de O. y Montenegro Enzo J.E., en la causa caratulada “Municipalidad de Santa Fe c/Giorgini, María Erundina y otros s/ Apremio (Expte. Nº 1861), ante juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito, Segunda Secretaría de esta ciudad” de no ser sujetos pasivos del tributo reclamado, debiendo continuarse contra Giorgini María Erundina
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