Prorróguese, a partir de su vencimiento y por un plazo de doce (12) meses, la vigencia del Régimen Excepcional establecido por la Ordenanza N° 12.791.
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Prorróguese, a partir de su vencimiento y por un plazo de doce (12) meses, la vigencia del Régimen Excepcional establecido por la Ordenanza N° 12.791.