Decreto DMM N° 00052/2020

23 de abril de 2020
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INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00052/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1211-01659010-1 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda de Acta Acuerdo y Prorroga suscripta por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Facultad Regional Santa Fe de la Universidad Tecnológica Nacional, suscripta el 12 de marzo de 2020, que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
Bioq. Miguel Ciro Gonzalez, Secretario General
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – Nº 00052

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 MAR 2020

VISTO:

El Documento DE-1211-01659010-1 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia, se eleva Adenda de Acta Acuerdo y Prórroga suscripta por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Facultad Regional Santa Fe de la Universidad Tecnológica Nacional, en fecha 12 de marzo de 2020.

Que por la misma las partes acuerdan prorrogar el Acta Acuerdo numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 01199/16 y su correspondiente prórroga numerada y registrada por Decreto D.M.M. N° 00161/18, estableciendo que se encuentran vigentes todas sus cláusulas en tanto y en cuanto, no sean expresamente modificadas por la Adenda que se numera y registra con el presente acto.

Que corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registración correspondiente.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda de Acta Acuerdo y Prorroga suscripta por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Facultad Regional Santa Fe de la Universidad Tecnológica Nacional, suscripta el 12 de marzo de 2020, que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

Art. 2°: Refréndese el presente por el Secretario de Gobierno.

Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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