INFORMACIÓN DETALLADA
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Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
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N° Decreto DMM: 00009/2020Fecha de Sanción: —
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Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0426-01648508-8
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos de la Provincia de Santa Fe (S.O.E.S.G.P. Y L.A.), en fecha 02 de enero de 2020, el que forma parte del presente Decreto.-
Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – Nº 00009
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 17 ENE 2020
VISTO:
El Documento DE-0426-01648508-8 (NI) y;
CONSIDERANDO:
Que, por dicha actuación, se adjunta el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos de la Provincia de Santa Fe (S.O.E.S.G.P. Y L.A.), en fecha 02 de enero de 2020.
Que, el acuerdo tiene por objeto establecer lazos de mutua colaboración y coordinación de tareas para fomentar y optimizar la práctica deportiva de niños y jóvenes en las colonias de vacaciones municipales, logrando así mejorar sus capacidades físicas y favorecer la integración social e incorporación de valores como respeto a la diversidad, igualdad, tolerancia, amistad, solidaridad y compañerismo.
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que numere y registre el convenio adjunto.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y el Sindicato de Obreros de Estaciones de Servicios, Garages, Playas y Lavaderos Automáticos de la Provincia de Santa Fe (S.O.E.S.G.P. Y L.A.), en fecha 02 de enero de 2020, el que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2°: Refréndese el presente por el Señor Secretario de Gobierno.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-