Decreto DMM 00345/2020

8 de febrero de 2021
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Téngase por válidos, desde la entrada en vigencia del DNU nº 297/2020 y en adelante, los pagos realizados por el Departamento Tesorería de la Dirección de Admisnitración Financiera dependiente de la Secretaría de Hacienda mediante transferencia bancaria informando el número de REPA en el comprobante, quedando exceptuada la impresión del recibo de pago (REPA) del sistema RAFAM.