- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00075/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
- N° expediente: DE-0464-01568637-1 (NI)
Resumen
Autorizase la disminución de la obra de “SUMINISTRO DE GAS NATURAL BARRIO CHALET”, correspondiente a la Licitación Pública N° 06/2018, contratada con la Empresa WINKELMANN S.R.L., de conformidad con las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos, concluyendo dicho plazo el 18 de Marzo de 2019.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. LUCAS CONDAL, SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, MUNICIPALIDAD DE SANTA FE
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2019– Nº 00075
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 FEB 2019
VISTO:
El Documento DE-0464-01568637-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Estudios y Proyectos, elevó una propuesta de reducción de obra y ampliación del plazo de ejecución de la obra: “SUMINISTRO DE GAS NATURAL BARRIO CHALET”, correspondiente a la Licitación Pública N° 06/18, contratada con la empresa WINKELMANN S.R.L.
Que, en su informe la precitada Dirección, manifiesta que Litoral Gas ha modificado el proyecto ejecutivo, autorizando la realización de los trabajos contemplados en Plano Nº P/SF/17/042 REV 3, del cual surge la exclusión de las tareas inherentes a instalación de cañería de diámetro 125, y las instalaciones domiciliarias sobre calle J.J.Paso esquina San José hacia el Este.
Que, tales tareas han de ser ejecutadas por Litoral Gas S.A. de acuerdo a su programa de inversiones.
Que, por tal motivo se solicita la reducción de los ítems Nº 1, 2, 2.1, 3, 3.1, 5, 6, 11, 14, 16 y 17 por un total de pesos setecientos cuarenta y tres mil trescientos treinta y cuatro con setenta y dos centavos ($743.334,72), junto con la eliminación de los ítems Nº 2, 2.5, 10 y 18 por un total de pesos novecientos cincuenta y ocho mil ochocientos cincuenta y uno con sesenta y seis centavos ($958.851,66).
Que, de tales cuestiones resulta una reducción de obra equivalente a pesos un millón setecientos dos mil ciento ochenta y seis con treinta y ocho centavos ($1.702.186,38), representado por una variación del monto contractual equivalente al veintitrés con treinta y uno por ciento (23,31%).
Que, por otro lado, la contratista solicita una ampliación de plazo, fundando su pedido en las precipitaciones y excesos de humedad acaecidos desde el inicio de la obra hasta el mes enero de 2019, sumado a los cambios de proyecto que le fueron comunicados por orden de servicio Nº 17 (28.12.2018).
Que, la Dirección de Estudios y Proyectos, encuentra justificados un total de cuarenta y cinco (45) días de retrasos no imputables al contratista.
Que, intervino la Asesoría Legal del área, emitiendo el dictamen respectivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) no encontrando objeciones que formular.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin del dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.
Art. 1°: Autorizase la disminución de la obra de “SUMINISTRO DE GAS NATURAL BARRIO CHALET”, correspondiente a la Licitación Pública N° 06/2018, contratada con la Empresa WINKELMANN S.R.L., de conformidad con las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Art. 2°: Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos, concluyendo dicho plazo el 18 de Marzo de 2019.
Art. 3°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificaciones de Obras. Fecho, archivará estas actuaciones en el legajo de obra.
Art. 4°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Recursos Hídricos, y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-
Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-
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