- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 542/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0448-00724392-6 (VS)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo formulado por la Sra. Marcela Fabiana GAMARRA, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 542
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El expediente DE-0448-00724392-6 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo interpuesto por la Sra. Marcela Fabiana GAMARRA, con el patrocinio letrado de la abogada Elisabet Claudia BUSTOS, tendiente a obtener el pago de la indemnización establecida por el art. 23 inc. g) de la Ley Provincial Nº 9286, en virtud del fallecimiento de su cónyuge, el ex agente municipal Antonio Luis D’AGOSTO, en fecha 13.12.10.
Que, en fecha 20.12.10 la reclamante efectúa la primer presentación a los fines expresados. Posteriormente en fecha 07.05.12 aportó documentación y solicitó se liquide la indemnización pretendida; luego dedujo pronto despacho en fechas 02.07.14 y 22.08.17.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 093/18 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) donde señala que, en base a la legislación y a los criterios jurisprudenciales que reseña, a la fecha de interposición del primer pronto despacho, su reclamo se hallaba prescripto, al haber transcurrido un plazo mayor al correspondiente a las deudas derivadas de la relación de empleo público, desde el último acto interruptivo del instituto liberatorio.
Que, agrega que ante la falta de respuesta por parte de la Administración, la reclamante contaba con la posibilidad de acudir a la instancia judicial por denegación presunta, no habiendo ejercitado esta opción, dejando transcurrir el plazo de prescripción, el cual continuó plenamente su cómputo.
Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo formulado por la Sra. Marcela Fabiana GAMARRA, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha agotado la instancia administrativa.-
- Enlace
-
Documentos