Resolución Intendente N° 395/2018

4 de octubre de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 395/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0734-01524415-5 (NI)

Resumen

Ordenar la desocupación del Lote 18 de la Manzana 3046 de la urbanización del Barrio Atilio Rosso, y el desmantelamiento de la construcción precaria allí ubicada, de conformidad a las facultades establecidas en el art. 2.5.5. de la Ordenanza Nº 7279 y art. 21 de la Ley Nº 2756.
Autorizar a Fiscalía Municipal, para el caso en que las medidas dispuestas en el artículo anterior no se cumplimenten voluntariamente en el plazo de 48 horas, a gestionar la orden de desalojo y allanamiento pertinente ante la autoridad judicial.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 395
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 SEP 2018
VISTO:
El Documento DE-0734-01524415-5 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones de referencia la Subsecretaría de Descentralización de la Secretaría General informa la constatación de una intrusión en los terrenos de la urbanización del Barrio Atilio Rosso, propiedad de la Municipalidad por aplicación de los artículos 5º y 45º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 .
Que, Santa Fe Hábitat. Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, informa que la construcción precaria se encuentra en el Lote 18 de la Manzana 3046, conforme el proyecto de plano de mensura, subdivisión y loteo en trámite de inscripción, el cual pertenece al proyecto de urbanización del Barrio Atilio Rosso.
Que, realizadas las verificaciones e informes pertinentes, la Dirección de Edificaciones Privas procedió a realizar las Actas de Notificación correspondientes, intimando a los ocupantes a su demolición.
Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado sin que haya variado la situación de hecho descripta, Fiscalía Municipal entiende oportuno ordenar la desocupación del lote y el desmantelamiento de la mencionada construcción precaria, autorizándose para tramitar judicialmente la correspondiente orden de allanamiento y proceder a la demolición de lo construido antirreglamentariamente.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente para el dictado del acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Ordenar la desocupación del Lote 18 de la Manzana 3046 de la urbanización del Barrio Atilio Rosso, y el desmantelamiento de la construcción precaria allí ubicada, de conformidad a las facultades establecidas en el art. 2.5.5. de la Ordenanza Nº 7279 y art. 21 de la Ley Nº 2756.
Art. 2º: Autorizar a Fiscalía Municipal, para el caso en que las medidas dispuestas en el artículo anterior no se cumplimenten voluntariamente en el plazo de 48 horas, a gestionar la orden de desalojo y allanamiento pertinente ante la autoridad judicial.-
Art. 3º: Autorizar a la Dirección de Edificaciones Privadas y/o al órgano que resulte competente, a llevar a cabo la correspondiente inspección y/o demás medidas pertinentes, una vez dictada la orden judicial correspondiente.
Art. 4º: Gírese copia a la Dirección de Edificaciones Privadas y las actuaciones a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos. Cumplimentado, Archívese.

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