- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 387/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0448-01500770-1 (N)
Resumen
Rechazar las presentaciones formuladas por la Sra. Laura Elena CANDIOTI, D.N.I. Nº 26.276.963, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 387
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 SEP 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01500770-1 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse la presentación formulada por la Sra. Laura Elena CANDIOTI, D.N.I. Nº 26.276.963, tendiente a la incorporación a la planta de esta Municipalidad por considerarse apta para recibir el beneficio expresado en la Resolución del Honorable Concejo Municipal Nº 18.582.
Que, adjunta documentación que acredita que es hija del ex agente municipal Edmundo Jerónimo Candioti, y la declaración judicial de su ausencia por desaparición forzada, en el año 1977.
Que, la Dirección de Personal informa que el nombrado revistó el carácter de planta permanente de esta Municipalidad desde el año 1971 y fue dejado cesante por Decreto Nº 6982/74, de acuerdo a lo especificado en el art. 28 del Decreto Provincial Nº 0694/74 (Régimen de Licencia), a partir del día 13.08.74.
Que, remitidas las actuaciones a la Asesoría Legal pertinente, se emitió el dictamen correspondiente (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), analizando la normativa y jurisprudencia aplicable, específicamente en relación al principio de juridicidad y el ingreso a la Administración Pública, considerando los lineamientos propios del régimen aplicable en materia de empleo público y lo establecido mediante la Resolución Municipal N° 18.582.
Que, conforme dan cuenta las constancias administrativas, la reclamante no puede ser incluida dentro de los extremos de la Resolución Nº 18.582, pues no se advierten los requisitos conjuntamente exigidos por la norma: la cesantía como el asesinato o desaparición durante el período contemplado entre los años 1976 y 1983. Por ello, el órgano asesor señala que la excepción prevista al régimen general no puede aplicarse en el caso, por no cumplimentar con los requisitos previstos por el Honorable Concejo Municipal.
Que, por todo ello, la Asesoría entiende que corresponde rechazar las presentaciones formuladas, lo que es compartido por la Subsecretaría de la Función Pública y por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Rechazar las presentaciones formuladas por la Sra. Laura Elena CANDIOTI, D.N.I. Nº 26.276.963, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente a la interesada, haciéndole saber que puede interponer recurso de reconsideración, dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de notificada, de acuerdo a lo establecido en los arts. 66 y 67 de la Ley Provincial Nº 2.756. Cumplimentado, archívese.-
- Enlace
-
Documentos