Resolución Intendente N° 306/2018

28 de agosto de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 306/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0469-01513758-1 (NI)

Resumen

Autorizar al Abog. Matías CAMPANELLA a desistir del proceso, no de la acción, en la causa caratulada “Municipalidad de Santa Fe c/ Druetta, Noelia y Otros s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01981697-1), que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 7ma Nominación de esta ciudad, en relación a la codemandadas Noelia DRUETTA y Marta BUTTO.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 306

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 17 AGO 2018

VISTO:

El Documento DE-0469-01513758-1 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, el Abog. Matías CAMPANELLA, a cargo de la tramitación de la causa: “Municipalidad de Santa Fe c/ Druetta, Noelia y Otros s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01981697-1), que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 7ma Nominación de esta ciudad, solicita autorización para desistir del proceso contra las codemandadas Noelia Druetta y Marta Butto, en razón de haber tomado conocimiento que las mismas no eran sujetos pasivos del tributo cuyo cobro se persigue en el juicio, durante los períodos consignados en los títulos respectivos.

Que, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo que autorice al ejecutor interviniente a desistir del proceso en cuestión, no así de la acción, en relación a las mencionadas demandadas.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar al Abog. Matías CAMPANELLA a desistir del proceso, no de la acción, en la causa caratulada “Municipalidad de Santa Fe c/ Druetta, Noelia y Otros s/ Apremio Fiscal” (Expte. CUIJ Nº 21-01981697-1), que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 7ma Nominación de esta ciudad, en relación a la codemandadas Noelia DRUETTA y Marta BUTTO.-

Art. 2º: Girar copia a Fiscalía Municipal a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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