Resolución Intendente N° 200/2018

21 de febrero de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 200/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Recursos Hídricos
  • N° expediente: DE-0867-01081995-1

Resumen

Rechazar los recursos de apelación interpuesto por la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. contra las Resoluciones N°002/16 Y Nº 003/16 de la Secretaría de Recursos Hídricos, y por tanto confirmar en todos sus términos las Resoluciones Internas Nº 001/15 y 005/15 de la citada dependencia.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 200

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 JUN 2018

VISTO:

El Documento DE-0867-01081995-1, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones referenciadas, tramitan los recursos de apelación interpuestos por la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. contra las Resoluciones N° 002/2016 y N°003/2016, dictadas por la Secretaria de Recursos Hídricos, por las que se rechazaron los recursos de reconsideración deducidos por dicha empresa, confirmando las multas aplicadas a través de las Resoluciones Internas Nº 01/15 y 05/15, en el marco de la ejecución de la obra denominada “Desagües Cloacales Ciudad de Santa Fe – Vecinal República de Los Hornos – Ejecución Infraestructura Básica”;

Que, concedidos tales recursos, la empresa expresó agravios, girándose los actuados a Fiscalía Municipal, quien emitió el Dictamen N° 009/2018 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento su extensión);

Que, conforme dan cuenta las constancias de autos, luce acreditado que la inspección de la obra, bajo la supervisión de la Dirección de Ingeniería, emitió órdenes de servicio que fueron incumplidas por la contratista;

Que, durante la sustanciación del procedimiento se respetó el derecho de defensa de la empresa, dándose a conocer a todos y cada uno de los retardos, incumplimientos, deficiencias y plazos para su subsanación, teniendo siempre la posibilidad de efectuar el descargo pertinente. Vale destacar que, en tal oportunidad, los incumplimientos fueron expresamente reconocidos por la recurrente;

Que, el Municipio ajustó el procedimiento desarrollado conforme a las normas previstas por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en sus artículos 37,38,98 y 102, así como también a las pautas previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que, el Órgano Asesor entiende que las impugnaciones deducidas resultan improcedentes, por lo que aconseja rechazar los recursos de apelación deducidos contra las Resoluciones Nº 002/16 y 003/16 de la Secretaría de Recursos Hídricos;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rechazar los recursos de apelación interpuesto por la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A. contra las Resoluciones N°002/16 Y Nº 003/16 de la Secretaría de Recursos Hídricos, y por tanto confirmar en todos sus términos las Resoluciones Internas Nº 001/15 y 005/15 de la citada dependencia.

Art. 2°: Girar copias certificadas de la presente a Sindicatura General Municipal, a las Direcciones de Compras, de Rentas, de Obras Hídricas y al Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe.

Art. 3°: Por Mesa de Entrada Única, conforme las disposiciones de las Leyes Provinciales N° 2.756 y 12071, notificar de la presente a la firma MUNDO CONSTRUCCIONES S.A., en el domicilio legal constituido de calle San Martin Nº1919, de esta ciudad que se haya cumplida la instancia administrativa correspondiente. Luego, derivar las actuaciones a Dirección de Rentas a los fines de la percepción del monto de las multas aplicadas. Fecho, girar todo lo actuado a Dirección de Obras Hídricas para archivar en el legajo de obra respectivo. Cumplimentado, archívese.

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