Resolución Intendente N° 136/2018

11 de junio de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 136/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE – 0480 -01496706-1 (NI)

Resumen

Otorgar a la señora Cintia Pamela BENÍTEZ, D.N.I. N° 32.959.145, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cinco mil pesos ($ 5.000), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 136
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 09 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE – 0480 -01496706-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Desarrollo Social avala la solicitud de otorgamiento de un subsidio de cinco mil pesos ($ 5.000) para la Sra. Cintia Pamela BENÍTEZ, D.N.I. N° 32.959.145.
Que el servicio social sugiere el otorgamiento de la ayuda citada como intervención urgente para cubrir los gastos de alimentación que la beneficiaria y su grupo familiar no pueden procurarse atento a la escasez de empleo en general y, en particular, a la carencia por parte de la beneficiaria y de su grupo familiar, lo que constituye una dificultad para su subsistencia diaria.
Que dicha ayuda económica le permitirá mejorar las condiciones de vida y minimizar la situación de riesgo y vulnerabilidad a la que está expuesta junto con su familia, con un mayor acceso al sistema de bienes y servicios del Estado.
Que debe dictarse el acto administrativo que otorgue la ayuda requerida:
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Otorgar a la señora Cintia Pamela BENÍTEZ, D.N.I. N° 32.959.145, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cinco mil pesos ($ 5.000), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- La beneficiaria deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-
Art. 3º.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 16.01.00 Subsecretaría de Acción Social – O. del Gasto 5.1.4.0 – Fuente de Financiamiento 110– Transferencia a personas.
Art. 4º.- Por Subsecretaría de Acción Social, Secretaría de Desarrollo Social, notifíquese al beneficiario de lo dispuesto.

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