- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 135/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
- N° expediente: DE – 0480 – 01496696 – 4 (NI)
Resumen
Otorgar al señor al Sr. Abel Paulino OVIEDO, D.N.I. N° 14.854.741, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cinco mil pesos ($ 5.000), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 135
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 09 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE – 0480 – 01496696 – 4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Desarrollo Social avala la solicitud de otorgamiento de un subsidio de cinco mil pesos ($ 5.000) para el Sr. Abel Paulino OVIEDO, D.N.I. N° 14.854.741.
Que el servicio social sugiere el otorgamiento de la ayuda citada como intervención urgente para cubrir los gastos que origina la necesidad de refaccionar su precaria vivienda y la subsistencia diaria propia y de su grupo familiar, del que es único sostén con magros ingresos provenientes de actividad informal, no pudiendo superar la situación debido a la escasez de empleo en general, lo que constituye una dificultad para su subsistencia diaria.
Que dicha ayuda económica le permitirá mejorar las condiciones de vida, mejorar su vivienda y minimizar la situación de riesgo y vulnerabilidad a la que está expuesto junto con su familia, con un mayor acceso al sistema de bienes y servicios del Estado.
Que debe dictarse el acto administrativo que otorgue la ayuda requerida:
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Otorgar al señor al Sr. Abel Paulino OVIEDO, D.N.I. N° 14.854.741, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cinco mil pesos ($ 5.000), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- El beneficiario deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-
Art. 3º.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 16.01.00 Subsecretaría de Acción Social – O. del Gasto 5.1.4.0 – Fuente de Financiamiento 110– Transferencia a personas.
Art. 4º.- Por Subsecretaría de Acción Social, Secretaría de Desarrollo Social, notifíquese al beneficiario de lo dispuesto.
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