Resolución Intendente N° 106/2018

26 de abril de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 106/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0902-01478802-0

Resumen

Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Exequiel Rubén SOLIS (Código Nº 13.332), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Anexo I – Ley Nº 9.286), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 106

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 ABR 2018
VISTO:
El Documento DE-0902-01478802-0 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, las actuaciones se inician a raíz de lo informado por el Director Ejecutivo del Programa de Estaciones de Bombeos, Terraplenes y Defensas, mediante Nota Nº 036/18, donde informa la situación en la que se encuentra involucrado el agente Exequiel Rubén SOLIS (Código Nº 13.332) según información periodística que adjunta, quien se encontraría detenido y con prisión preventiva en carácter de sospechoso de un delito grave.
Que, requerida la información del caso, Fiscalía Municipal, informa que el agente se encuentra detenido en cumplimiento de la medida cautelar de Prisión Preventiva ordenada por el Juez Eduardo Pocoví mediante resolución de fecha 05.02.18 por el hecho investigado dentro del legajo de Investigación Penal Preparatoria caratulado “SOLIS, Exequiel s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO – Víctima: CASTILLO, Nahuel” (CUIJ 21-06818042-9), de acuerdo a lo informado por la Unidad Fiscal Especial de Homicidios de la Fiscalía Regional I del Ministerio Público de la Acusación.
Que, la Dirección de Personal informa que el nombrado revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Medio oficial Herrero, Categoría 11, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Estaciones de Bombeo.
Que, la Subsecretaría de la Función Pública señala que debe llevarse adelante un procedimiento que permita establecer si la conducta que habría asumido el agente, tanto desde la perspectiva penal como desde el punto de vista disciplinario, puede configurar un supuesto de responsabilidad administrativa, pasible de sanción.
Que, la conducta involucrada podría implicar la infracción a los deberes y prohibiciones contenidos en el art. 13 incs. b); art. 14 inc. f); y la eventual configuración de las conductas previstas en el art. 62 incs. e); y/o art. 63 incs. f), g) y h) del Estatuto para el Personal Municipal (Ley provincial Nº 9.286 Anexo I).
Que, respecto a las inasistencias a su lugar de trabajo como consecuencia de la privación de la libertad, sostiene que debe aplicarse lo dispuesto por el art. 113 del Estatuto para el Personal Municipal, disponiendo la suspensión preventiva del agente, por el período comprendido entre el 05.02.18 y mientras subsista tal situación. Asimismo sugiere la intervención de Fiscalía Municipal, a fin de que arbitre los medios necesarios para la notificación de la presente resolución.
Que, por lo tanto, aconseja la instrucción de un sumario administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente SOLIS, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la instrucción, por parte de Fiscalía Municipal, de Sumario Administrativo al agente Exequiel Rubén SOLIS (Código Nº 13.332), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Anexo I – Ley Nº 9.286), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Disponer la suspensión preventiva del agente, desde el 05 de febrero de 2018 y por el período que subsista su privación de libertad, en los términos del art. 113 del Estatuto.-
Art. 3º: Autorizar a Fiscalía Municipal a instar las acciones judiciales que correspondan.-
Art. 4º: Girar copia a la Secretaría de Recursos Hídricos y a la Dirección de Personal, para su conocimiento. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal, a fin de que arbitre los medios necesarios para la notificación del agente involucrado y demás efectos.-

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