Resolución Intendente N° 072/2018

28 de agosto de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 072/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: CO-0062-01407155-9 (OC)

Resumen

Autorízase, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Nicolás Roque D’AMELIO – D.N.I. N° 17.339.813, a realizar en el domicilio de calle Espora N° 2962, de esta ciudad – Distrito R2a, la actividad “Taller de Hojalatería y Soldaduras”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2, según Inc. J – Art. 40 del ROU

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 072

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 12 MAR 2018

VISTO:
El Documento CO-0062-01407155-9 (OC), y;

CONSIDERANDO:

En las actuaciones de referencia el Sr. Nicolás Roque D’AMELIO – D.N.I. N° 17.339.813, solicita al Honorable Concejo Municipal se le extienda la renovación por vía de excepción para continuar desarrollando la actividad comercial “Taller de Hojalatería y Soldaduras” en el domicilio de calle Espora N° 2962, de esta ciudad;

Que, el Honorable Concejo Municipal solicita una serie de requisitos a los fines de fundamentar la correspondiente resolución;

Que la Dirección de Habilitaciones manifiesta que en sus registros existen antecedentes de inscripción de la firma peticionante, como así también, a través de sus verificadores informa que en cuanto a las características edilicias y eléctricas, el estado general del inmueble es bueno, concluyendo que el establecimiento cuenta con instalaciones específicas para el tipo de emprendimiento que se pretende explotar;

Que, consta el informe de la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental, en el cual se realiza el Relevamiento Ambiental correspondiente, emitiendo Conformidad Ambiental y sugiriendo que el uso sea otorgado por un plazo de 4 años;

Que, la Dirección de Urbanismo determina que, se trata de renovación de uso conforme excepcional – Resolución del D.E.M. N° 044/14 – para continuar desarrollando la actividad “Taller de Hojalatería y Soldaduras” rubro “Industrial Clase 2” según Inc. J – Art. 40 del ROU, ubicada en calle Espora N° 2962 – Distrito R2a. Del mismo modo, manifiesta que la normativa Urbanística no ha cambiado desde el momento de la aprobación de la Resolución antes mencionada, a la fecha;

Que, por todo lo vertido y compartiendo lo informado por la Dirección antes mencionada, la Asesora Legal interviniente estima conveniente el dictado de la Resolución Ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorízase, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Nicolás Roque D’AMELIO – D.N.I. N° 17.339.813, a realizar en el domicilio de calle Espora N° 2962, de esta ciudad – Distrito R2a, la actividad “Taller de Hojalatería y Soldaduras”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2, según Inc. J – Art. 40 del ROU .-

Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de cuatro (4) años.-

Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-

Art. 4º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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