Resolución Intendente N° 067/2018

28 de agosto de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 067/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: CO-0062-01225400-9 (PPC)

Resumen

Autorízase, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Ariel Fabián JARKOVIEC – D.N.I. N° 27.660.145, a realizar en el domicilio de calle Presidente Roca N° 2967, de esta ciudad – Distrito R2a, la actividad “Carpintería de Madera en General” – Rubro “Industrial Clase 2”

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 067

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 12 MAR 2018
VISTO:
El Documento CO-0062-01225400-9 (PPC), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia el Sr. Ariel Fabián JARKOVIEC – D.N.I. N° 27.660.145 solicita la renovación por vía de excepción para desarrollar la actividad “Venta de Maderas con Oficinas y Depósito de tablas, tablones y tirantes (Madera en General)” en el domicilio de calle Presidente Roca N° 2967, como así también anexar la actividad de “Carpintería de Maderas en General”;

Que, la Comisión de Planeamiento del Honorable Concejo Municipal solicita una serie de informes a los efectos de fundamentar la Resolución correspondiente a tal fin;

Que, la Dirección de Habilitaciones informa, a través de su verificador, las características generales del inmueble, manifestando que el mismo cuenta con las instalaciones específicas para la explotación de la actividad, no siendo de aplicación las observaciones Nº 12 y Nº 23 según lo establecido por el ROU, en virtud de la superficie existente;

Que, la Dirección de Saneamiento y Zoonosis Urbana, concurrió a la inmediaciones del local y encuestando a los vecinos, surgen problemas de ruidos por el desarrollo de la actividad, manifestando que existen antecedentes de denunicas, sin embargo es a criterio de dicha repartición la factibilidad de otorgar el uso solicitado en virtud de que los niveles registrados no superan los máximos establecidos por la Ordenanza Nº 9623;

Que, Fiscalía Municipal informa que no existen antecedentes relacionados a la presente actuación;

Que, la Dirección de Urbanismo manifiesta que no existen observaciones para continuar desarrollando la actividad “Tablas, tablones, tirantes, etc. (Maderas en General)”, correspondiente al Rubro Comercio Mayorista de Distribución y/o Depósito – Clase 2, asignado al Distrito R2a, sin perjuicio de ello, y atento a que el predio posee salidas por ambas calles, Pte. Roca y Derqui, asignándole los Distritos R2a y C3, de unificarse los lotes, y considerarse al predio como Distrito C3, la actividad pasaría a estar admitida. Siendo la actividad anexada “Carpintería de Madera en General – Clase 2 – Actividad Industrial” a la que podría otorgarse el uso mediante Resolución ad-referéndum;

Que, la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental emite el pertinente Certificado de Conformidad Ambiental y sugiere que el uso sea otorgado por un plazo de (4) años;

Que en virtud de lo requerido por la Dirección de Urbanismo, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano, estima conveniente que la Dirección de Catastro se expida en cuanto al domicilio en el cual se desarrolla la actividad, surgiendo según lo informado por dicha área, que no existe unificación de parcelas, con lo cual corresponde una nueva intervención de la Dirección de Urbanismo la cual informa que, al inmueble ubicado en calle Presidente Roca N° 2967 – Padrón N°
28902, el Reglamento de Ordenamiento Urbano le asigna el Distrito R2a, expresando que, corresponde otorgar la renovación por vía de excepción a la actividad “Tablas, tablones, tirantes, etc. (Maderas en General)” – Rubro “Comercio Mayorista de Distribución y/o Depósito – Clase 2” y a la actividad que se pretende anexar “Carpintería de Madera en General” – Rubro “Industrial Clase 2”, la normativa admite una autorización de uso por Resolución Ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal;

Que, por todo lo expuesto y compartiendo lo concluido por la Dirección de Urbanismo, la Asesora Legal interviniente estima conveniente remitir a consideración del Honorable Concejo Municipal la renovación por vía de excepción del permiso para desarrollar la actividad “Tablas, tablones, tirantes, etc. (Maderas en General)” – Rubro “Comercio Mayorista de Distribución y/o Depósito – Clase 2” y en cuanto a la actividad que se desea anexar “Carpintería de Madera en General” – Rubro “Industrial Clase 2”, dictar la Resolución Ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal para otorgar el uso;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorízase, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Ariel Fabián JARKOVIEC – D.N.I. N° 27.660.145, a realizar en el domicilio de calle Presidente Roca N° 2967, de esta ciudad – Distrito R2a, la actividad “Carpintería de Madera en General” – Rubro “Industrial Clase 2”.-

Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de cuatro (4) años.-

Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-

Art. 4º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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