- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 024/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0963-01006439-2 (NI)
Resumen
Autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado correspondiente, la urgente orden de allanamiento y desalojo de las personas que actualmente ocupen el inmueble ubicado en calle Piedrabuena Nº 1649 (Lote Nº 334 de la Manzana 8816 “O” según plano de mensura Nº 176.401) Barrio Nueva Esperanza Este, de propiedad de este Municipio, con el auxilio de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 024
SANTA FE DE LA VERA CRUZ 15 FEB 2018
VISTO:
El expediente DE-0963-01006439-2 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia y a través del Departamento Escribanía Municipal, se constató que los adjudicatarios del Lote 334 de la Manzana 8816 O según plano Nº 176.401 (Ex Lote 244 de la Manzana 14 según anteproyecto de plano) Barrio Nueva Esperanza Este, la Sra. Débora Daniela SOTO, D.N.I. Nº 42.559.245 y el Sr. Oscar Eduardo CÁCERES, D.N.I. Nº 40.452.810, ya no residen en el citado inmueble y que el mismo es actualmente ocupado por el Sr. Roberto Simón VILLORINO, D.N.I. Nº 24.673.405, la Sra. Carina COSTA, D.N.I. Nº 25.497.169 y su grupo familiar.
Que, por tal motivo, y en Sesión del Consejo Directivo Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano Nº 0241 de fecha 27.11.17, se dispuso, mediante Resolución Interna SFH Nº 0245/17, dejar sin efecto el Acta Entrega de Posesión y Adjudicación de Lote con Módulo de Emergencia, oportunamente registrada mediante Resolución Interna SFH Nº 0334/13, por incumplimiento de la condición de habitar personalmente el inmueble, como así también con la prohibición de cederlo gratuita u onerosamente, conforme a lo dispuesto en las cláusulas cuarta y quinta de la mencionada Acta.
Que, se procedió a notificar de lo dispuesto a los adjudicatarios, y asimismo, a intimar a los actuales ocupantes a desalojar el inmueble en cuestión, bajo los apercibimientos correspondientes.
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado correspondiente, la urgente orden de allanamiento y desalojo de las personas que actualmente ocupen el inmueble mencionado, de propiedad de este Municipio, con el auxilio de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación, dictando el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado correspondiente, la urgente orden de allanamiento y desalojo de las personas que actualmente ocupen el inmueble ubicado en calle Piedrabuena Nº 1649 (Lote Nº 334 de la Manzana 8816 “O” según plano de mensura Nº 176.401) Barrio Nueva Esperanza Este, de propiedad de este Municipio, con el auxilio de la fuerza pública de ser necesario y con la debida moderación, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Girar copia de la presente a Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, para su conocimiento.-
Art. 3º.- Remitir las actuaciones a Fiscalía Municipal, a sus efectos.-
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