- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DPB
- N° Decreto DPB: 0216/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0448-01520847-3
Resumen
Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Andrea Carina AIMO (Código Nº 12658)), a partir del 01 de septiembre de 2018 y por el término de doce (12) meses, conforme lo establecido en el art. 49 de la Ley Nº 9.256, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Texto completo de la norma
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 0216
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01520847-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la agente Andrea Carina AIMO (Código Nº 12658), solicita el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 01 de septiembre de 2018;
Que, la Dirección de Personal informa que la misma revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Encargada de Sección , Categoría 19, dependiente de la Dirección de Gestión de Bienes, subrogando la misma función en la Dirección de Centro de Gestión Documental, contando a la fecha del informe con una antigüedad municipal de 7 años, 1 mes y 24 días;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el otorgamiento a la citada de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 01 de septiembre de 2018 y por el término de doce (12) meses, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256;
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Andrea Carina AIMO (Código Nº 12658)), a partir del 01 de septiembre de 2018 y por el término de doce (12) meses, conforme lo establecido en el art. 49 de la Ley Nº 9.256, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-
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