Decreto DMM N° 00841/2018

11 de febrero de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00841/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE 1111-01531544-3

Resumen

Numérese y regístrese el Convenio de colaboración para el correcto funcionamiento e implementación del Programa Corporate Service Corps de IBM, suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y Digital Opportunity Trust (DOT), en fecha 28 de agosto del corriente año, el cual se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE DESARROLLO EST. Y RESILIENCIA– AÑO 2018 – Nº 00841

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE 1111-01531544-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia se adjunta el Convenio de colaboración para el correcto funcionamiento e implementación del Programa Corporate Service Corps de IBM, suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y Digital Opportunity Trust (DOT), en fecha 28 de agosto del corriente año;
Que, el mismo fuera suscripto en el marco de la incorporación de la ciudad de Santa Fe a la Red 100 Ciudades Resilientes (100RC).
Que, resulta necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A
Art. 1º: Numérese y regístrese el Convenio de colaboración para el correcto funcionamiento e implementación del Programa Corporate Service Corps de IBM, suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe y Digital Opportunity Trust (DOT), en fecha 28 de agosto del corriente año, el cual se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.-
Art. 2º: Refréndese el presente acto por las señoras Secretarias de Desarrollo Estratégico y Resiliencia y de Gobierno.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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