Decreto DMM N° 00818/2018

11 de febrero de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00818/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0479-01558540-9

Resumen

El Registro Municipal de Cuidadores de Adultos Mayores y/o Personas que Requieran Atención Especial, creado Ordenanza N° 12.035, dependerá del Departamento de Adultos Mayores, Subsecretaría de Acción Social, Secretaría de Desarrollo Social.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL – AÑO 2018– Nº 00818
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 13 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0479-01558540-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Desarrollo Social solicita la modificación del Decreto D.M.M. N° 02362/15, reglamentario de la Ordenanza N° 12.035 que crea el Registro Municipal de Cuidadores de Adultos Mayores y/o Personas que Requieran Atención Especial.
Que, las modificaciones propuestas se orientan a dar publicidad al Registro, mantener sus datos actualizados y facilitar los trámites requeridos para la renovación de la inscripción por parte de los prestadores, todo ello sin perder de vista la necesaria preservación de la responsabilidad de la Municipalidad, la correcta comunicación de los verdaderos alcances del instituto y el debido cumplimiento de mínimos requisitos por parte de los aspirantes.
Que, las modificaciones propuestas redundarán en beneficio del servicio que a la comunidad se ofrece a través del Registro.
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal es competente para dictar el acto pertinente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 41, inciso 5, de la Ley N° 2756.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º.- El Registro Municipal de Cuidadores de Adultos Mayores y/o Personas que Requieran Atención Especial, creado Ordenanza N° 12.035, dependerá del Departamento de Adultos Mayores, Subsecretaría de Acción Social, Secretaría de Desarrollo Social.-
Art. 2º.- El Registro referido en el artículo precedente se organiza en las siguientes categorías: 1) Adultos autoválidos; 2) Adultos semi-dependientes; 3) Adultos dependientes.-
Art. 3°.- Los aspirantes a inscribirse en el referido registro deberán: a) ser personas mayores de edad; b) acreditar aprobación de educación primaria; c) presentar certificado de aptitud psicológica y física para la tarea a realizar, expedido por profesionales de organismos públicos de salud; d) acreditar un mínimo de doscientas (200) horas de capacitación o formación para la tarea de apoyo y acompañamiento a realizar, mediante título o certificado otorgado por entidades públicas o privadas; e) aprobar las instancias de entrevista y evaluación a cargo de profesionales que la Subsecretaría de Acción Social, Departamento de Adultos Mayores, designe al efecto; f) denunciar información de contacto.-
Art. 4°.- Las inscripciones tendrán una vigencia anual y se practicarán en el mes de mayo del año respectivo. Los requisitos previstos en los incisos c, d, e y f del artículo anterior tendrán una vigencia bienal. Los restantes requisitos no tendrán vencimiento.-
Art. 5°.- Déjese sin efecto el Decreto D.M.M. N° 02362/15.
Art. 6º.- Refréndese el presente Decreto por las señoras Secretarias de Desarrollo Social y de Gobierno
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M Y R.M.-

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