Decreto DMM N° 00702/2018

11 de marzo de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00702/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Control
  • N° expediente: DE-0469-01550636-3

Resumen

Establécese la siguiente escala de valores para la utilización del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (SEOM), de conformidad a lo previsto en el artículo 2º de la Ordenanza 11.685, que comenzará a regir a partir del dictado del presente acto administrativo:
Período de Tiempo Cantidad de Minutos Costo por lapso Costo por minuto
Minuto 0
al minuto 30 30 $ 0 $ 0
Minuto 30
al minuto 90 60 $ 30 $ 0.50
Minuto 90
al minuto 150 60 $ 45 $ 0.75
Minuto 150
Al minuto 360 210 $ 210 $ 1.00

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Ramiro Dall’Aglio, Secretario de Control
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE CONTROL – AÑO 2018 – Nº 00702

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 NOV 2018
VISTO:
El expediente DE-0469-01550636-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Nº 11.685 se establece la organización del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (SEOM), para los sectores de mayor flujo y congestión vehicular de la ciudad.
Que, entre las alternativas posibles destinadas a ordenar el tránsito y mejorar la utilización racional de los espacios públicos para estacionamiento, la Municipalidad de Santa Fe ha implementado un sistema de estacionamiento tarifado.
Que, en este sentido, la Ordenanza Nº 11.685 en su artículo 2º prevé que: “El cuadro de valores aplicable al Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal será escalonado y acumulativo en forma directa al tiempo de utilización del espacio público (…) La escala de valores será establecida por el Departamento Ejecutivo Municipal quien deberá enviarlo al Honorable Concejo Municipal para su consideración en un plazo no mayor de diez (10) días de dictado el acto administrativo pertinente. El mismo cobrará eficacia si el Honorable Concejo Municipal no se pronunciara dentro de los quince (15) días de haber tenido entrada el mensaje correspondiente en Secretaría durante el período de sesiones”.
Que, en este contexto, la tarifa opera como herramienta para procurar la rotación de vehículos, buscando garantizar el aprovechamiento equitativo y racional de los espacios públicos destinados al estacionamiento.
Que, desde la Secretaría de Control se solicita la adecuación de la escala de valores vigente para los usuarios del SEOM, proponiendo un esquema de tarifa que se establezca en un precio por minuto y en tramos acumulativos, donde los primeros treinta (30) minutos no tengan costo; del minuto 30 al 90, cincuenta centavos ($0,50); desde los 90 a 150 minutos, setenta y cinco centavos ($0,75) y desde los 150 a 360 minutos, un valor de un peso ($1,00) el minuto.
Que, el cuadro tarifario propuesto surge del consenso logrado luego de varias reuniones con los representantes de la Comisión Especial de Seguimiento del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal del Honorable Concejo Municipal, concluyendo en que el mismo propicia la rotación vehicular en la zona demarcada y operativa del sistema.
Que, justamente con la finalidad antes mencionada es que se ha establecido el sistema de tarifa escalonado y acumulativo previsto en la norma vigente.
Que, acordada la intervención a la Asesoría Legal de la Secretaría de Control, ésta emitió el dictamen Nro. 16/2018, opinando que el cuadro tarifario cuya implementación se propone, resulta razonable y proporcionado, en tanto aparece como un medio idóneo y efectivo para procurar el ordenamiento del tránsito y asegurar la utilización racional y equitativa del espacio público destinado al estacionamiento de vehículos.
Que este Departamento Ejecutivo resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente que establezca la nueva escala de valores propuesta en autos para el Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (SEOM), conforme al art. 2º de la Ordenanza Nº 11.685, debiendo darse intervención al Honorable Concejo Municipal en el plazo legalmente previsto;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º.- Establécese la siguiente escala de valores para la utilización del Sistema de Estacionamiento Ordenado Municipal (SEOM), de conformidad a lo previsto en el artículo 2º de la Ordenanza 11.685, que comenzará a regir a partir del dictado del presente acto administrativo:
Período de Tiempo Cantidad de Minutos Costo por lapso Costo por minuto
Minuto 0
al minuto 30 30 $ 0 $ 0
Minuto 30
al minuto 90 60 $ 30 $ 0.50
Minuto 90
al minuto 150 60 $ 45 $ 0.75
Minuto 150
Al minuto 360 210 $ 210 $ 1.00

Art. 2º.- Refréndese el presente decreto por el Señor Secretario de Control, y las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3º.- Remítanse, mediante el trámite pertinente, las respectivas actuaciones al Honorable Concejo Municipal, a los fines de su intervención en el marco de lo previsto por la Ordenanza N°11.685.-
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y RM.-

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