- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00570/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Hacienda
- N° expediente: DE-0920-01532479-1 (NI)
Resumen
Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado al Departamento Publicidad, dependiente de la Secretaria de Relaciones Institucionales y Comunicación por Decreto D.M.M Nº 00971/17 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2018 – Nº 00570
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 SEP 2018
VISTO:
El Documento DE-0920-01532479-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto D.M.M. Nº 00971/17, se autorizó la asignación de Fondos Fijos para las reparticiones municipales con el fin de atender a los Gastos Menores de Funcionamiento, como así también los topes de los mismos considerando la nueva Estructura Orgánico – Funcional.
Que, la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación solicita la ampliación del fondo fijo que se le asigno oportunamente al Departamento de Publicidad;
Que, fundamenta su pedido en que a la fecha el mismo resulta insuficiente para satisfacer la necesidad del ciclo;
Que, la Subsecretaria de Hacienda aconseja acceder a lo peticionado, disponiendo la ampliación del fondo fijo por un monto de diez mil pesos ($ 10.000) a los valores ya establecidos.
Que, corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo que así lo disponga;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado al Departamento Publicidad, dependiente de la Secretaria de Relaciones Institucionales y Comunicación por Decreto D.M.M Nº 00971/17 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M.
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