Decreto DMM N° 00568/2018

18 de septiembre de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00568/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-1111-01529429-1 (NI)

Resumen

Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado a la Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia por Decreto D.M.M Nº 00971/17 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2018 – Nº 00568

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 SEP 2018

VISTO:

El Documento DE-1111-01529429-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto D.M.M. Nº 00971/17, se autorizó la asignación de Fondos Fijos para las reparticiones municipales con el fin de atender a los Gastos Menores de Funcionamiento, como así también los topes de los mismos considerando la nueva Estructura Orgánico – Funcional.

Que, la Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia solicita la ampliación del fondo fijo que se le asigno oportunamente;

Que, fundamenta su pedido en que a la fecha el mismo resulta insuficiente para satisfacer la necesidad del ciclo;

Que, la Subsecretaria de Hacienda aconseja acceder a lo peticionado, disponiendo la ampliación del fondo fijo por un monto de veinte mil pesos ($ 20.000) a los valores ya establecidos.

Que, corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo que así lo disponga;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado a la Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia por Decreto D.M.M Nº 00971/17 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M.

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