Decreto DMM N° 00459/2018

6 de agosto de 2018
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00459/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-0464-01521145-1 (NI)

Resumen

Autorízase la readecuación de la obra “SUMINISTRO DE GAS NATURAL BARRIO LICEO NORTE – ETAPA 3”, correspondiente a la Licitación Pública N° 01/2018, contratada con la empresa WINKELMANN S.R.L., en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de VEINTE (20) días corridos, concluyendo dicho plazo el 31 de Julio de 2018.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. RICARDO ALCARAZ, SECRETARIO OBRAS PÚBLICAS
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2018 – Nº 00459

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 JUL 2018

VISTO:

El Expediente DE-0464-01521145-1 (NI); y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Estudios y Proyectos elevó la propuesta de readecuación de obra y ampliación del plazo de ejecución, correspondiente a la Licitación Pública N° 01/18, “SUMINISTRO DE GAS NATURAL. BARRIO LICEO NORTE – ETAPA 3”, contratada con la empresa WINKELMANN S.R.L.

Que, la Dirección plantea entonces las modificaciones solicitadas, fundamentadas por un lado, en la constatación del faltante de metros lineales de caños y por otro lado, encuentran justificación en los requerimientos elaborados por la firma Litoral Gas S.A., empresa prestataria del servicio público; acompañándose al respecto Nota de Pedido Nº 11.

Que, así mismo debido a las interferencias de línea de energía, alumbrado público, fibra óptica y otros imponderables, la inspección de Litoral Gas S.A. debió verificar y aprobar la nueva traza de cañería de gas en el sector ubicado en calle Piedrabuena y Callejón Aguirre, como así también la intervención a cielo abierto del cruce de calle en Callejón Aguirre esquina Bernardo de Irigoyen.

Que, de tales modificaciones señaladas la inspección considera razonable una ampliación de plazo de veinte (20) días corridos.

Que, en razón de lo expuesto, la Dirección concluye su informe solicitando la reducción de los ítems Nº 2.1, 3, 3.1, 3.2, 6, 14 y 15 por un total de pesos novecientos diecinueve mil trescientos noventa con veintiséis centavos ($ 919.390,26) y la ampliación de los ítems Nº 2.2, 2.3, 2.4, 4, 5 y 7 por un total de pesos un millón cinco mil ochocientos dieciséis con sesenta y cuatro centavos ($ 1.005.816,64).

Que, de tales cuestiones resulta una readecuación de pesos ochenta y seis mil cuatrocientos veintiséis con treinta y ocho centavos ($86.426,38), representado por una ampliación del monto contractual pactado equivalente al cero con nueve por ciento (0,90%), asimismo; se requiere una ampliación de plazo, con fundamento en la previsión del Art. 54 del Pliego único de Bases y Condiciones aplicable.

Que, intervino la Asesoría Legal del área, emitiendo el informe respectivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) considerando ajustado a derecho el otorgamiento de dicha ampliación, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 31.07.2018.

Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal de acuerdo a la normativa vigente, resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo que autorice la presente readecuación del contrato;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.

Art. 1°: Autorízase la readecuación de la obra “SUMINISTRO DE GAS NATURAL BARRIO LICEO NORTE – ETAPA 3”, correspondiente a la Licitación Pública N° 01/2018, contratada con la empresa WINKELMANN S.R.L., en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.

Art. 2°: Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de VEINTE (20) días corridos, concluyendo dicho plazo el 31 de Julio de 2018.

Art. 3° Dispónese la toma de nota por parte de las Direcciones de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de Estudios y Proyectos, dependencia esta última que notificará en legal forma a la contratista y le requerirá la ampliación proporcional de la garantía de ejecución. Fecho, se dejará constancia en el legajo de la presente obra.

Art. 4°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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